A través de una resolución, el fiscal de Estado, Guillermo De Sanctis, le puso un tope y unificó los honorarios que les pueden cobrar los abogados del organismo a todos aquellos ciudadanos que son ejecutados judicialmente por tener deudas con el Estado. El objetivo es evitar que existan abusos por parte de los letrados, como ya ocurrió años atrás cuando algunos impusieron valores excesivos y en forma indebida en perjuicio de los contribuyentes. Según el funcionario, el que no se ajuste a la nueva reglamentación interna sufrirá sanciones.
Los honorarios constituyen la remuneración que perciben los abogados por su trabajo y se aplica a la parte vencida en un juicio. Los abogados de Fiscalía de Estado, si bien cobran un sueldo, tienen derecho a percibirlos cuando se imponen en un proceso judicial.
El tema desató un fuerte revuelo hace un par de años, cuando la Dirección General de Rentas mandó a ejecutar a través de Fiscalía de Estado a miles de ciudadanos que debían impuestos. Muchos de los morosos denunciaron que cuando fueron a regularizar su deuda, se toparon con abogados del área Ejecuciones que les aplicaron honorarios cuando no correspondía o que les cobraron de más.
La resolución de De Sanctis describe el procedimiento que tiene que seguir un contribuyente para regularizar su situación cuando la deuda que mantiene con la provincia llegó a Fiscalía de Estado y establece el monto de los honorarios que pueden percibir los letrados que están bajo su órbita. La misma, será publicada en los próximos días en medios de comunicación, para que los ciudadanos sepan cuánto tienen que pagar, aparte la deuda, por honorarios profesionales y en qué casos.
El instructivo fija cuatro supuestos. Primero, cuando no se haya interpuesto la demanda, el ciudadano puede ir al estudio del abogado que tiene el expediente de su deuda y suscribir un plan de pago, en cuyo caso no debe abonar honorarios. Segundo, si se inició el proceso judicial y el deudor no fue notificado, tras regularizar la situación, se le aplicará hasta el 10 por ciento (el porcentaje se calcula sobre la deuda que se le reclama al contribuyente). Tercero, cuando hay sentencia en contra del moroso y fue notificada, “los honorarios no podrán superar en ningún caso el 18 por ciento”. Cuarto, si el contribuyente plantea controversia judicial, es decir no cancela la deuda y apela la sentencia, deberá abonar lo que imponga el juez.
El contenido de la resolución es de sumo interés no sólo para los profesionales de Fiscalía de Estado, sino para el bolsillo de miles de sanjuaninos. Pasa que hoy hay en trámite, según De Sanctis, “unas 100 mil ejecuciones” contra personas que deben impuestos, la cuota del Instituto Provincial de la Vivienda, el canon de Hidráulica o las multas que impone la Subsecretaría de Trabajo.
La intención oficial es evitar los excesos. “Porque en el pasado han habido abusos”, respondió De Sanctis cuando este medio le preguntó por los argumentos de la resolución. Aunque de inmediato aclaró que “fueron casos excepcionales, hoy estamos trabajando muy bien”.
En 2010, cuando el fiscal de Estado era Mario Díaz, ante la lluvia de ejecuciones que envió Rentas, no sólo se escucharon quejas públicas de contribuyentes, sino que hasta llegaron por escrito. Fuentes calificadas aseguraron que se dieron varios casos irregulares. Letrados que cobraron en forma indebida porque todavía no habían interpuesto la demanda, que le aplicaron al deudor entre un 20 y un 25 por ciento cuando el máximo era del 18 por ciento y que se negaron a hacer el plan de pago si no les pagan honorarios.
Sobre este último punto, la resolución oficial tiene un apartado especial. Dice que el abogado no puede condicionar el plan de pago solicitado por el contribuyente para saldar su deuda, al cobro de los honorarios. En todo caso, establece, si el moroso no quiere pagar los honorarios, el letrado deberá confeccionar el acuerdo y reclamar después por vía judicial lo que le corresponde.
Por el escándalo, hubo un intento legislativo de ponerle un tope a los honorarios que perciben los abogados del Estado. El diputado bloquista Jorge Espejo presentó un proyecto de ley en ese sentido, pero no encontró consenso entre sus pares y finalmente quedó en la nada.
