�María Julia Camus, jueza de Menores, dijo que Juan González con Renzo, su pareja, sólo pueden acceder a una custodia provisoria y temporal de las hijas de la mujer acusada de abusar de un menor. Agregó que lo primero que debe hacer este joven es presentar el caso en la Dirección de la Niñez desde donde evaluarán en qué estado se encuentran las menores y el vínculo generado con esta familia, para luego darle intervención al Juzgado de Menores de Turno. Esta guarda es temporal y suele ser por menos de un año.
También aclaró que esta pareja no podrá solicitar la custodia legal de estas nenas, ya que sólo puede hacerlo un familiar.
En caso de que la Justicia determine que María no está en condiciones de cuidar a sus hijas y no haya un familiar que se haga cargo de ellas, las menores pasarán a un hogar estatal y a estar en disponibilidad de adopción. Juan y Renzo deberán inscribirse en el registro de adoptantes si continúan con la intención de adoptarlas, pero de todos modos tendrán pocas posibilidades de concretar esta intención. Camus dijo que a la hora de entregar a un menor en adopción siempre se les da prioridad a los postulantes que ocupan los primeros lugares en el registro.