En medio del tironeo con el Gobierno mendocino por si se incluye o no a la vecina provincia bajo el régimen de promoción industrial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sacó ayer una resolución con la que obliga a las empresas promocionadas a detallar las operaciones de compra, locaciones o prestaciones de obras y servicios que realicen desde el mes de mayo. Si bien la medida tiende a ajustar los controles, una alta fuente del Gobierno provincial dijo ayer por lo bajo que “es un guiño que, al fin y al cabo, ratifica a la promoción como una herramienta en plena vigencia”.

La medida impactará de lleno en 98 firmas asentadas en San Juan y que están a la espera de que se aplique el decreto 699/10 que extiende los beneficios, pero que todavía las provincias de La Rioja, San Juan, San Luis y Catamarca no firmaron el convenio con el Gobierno nacional, debido a las medidas judiciales que desde Mendoza impidieron la aplicación por casi 2 años.

Las empresas obligadas a actuar como agentes de información deberán consignar a la AFIP los datos referidos a las operaciones vinculadas tanto a la actividad promovida como así también a la actividad no amparada por el régimen de promoción.

Así las cosas, la Resolución General 3.286 especifica que las operaciones vinculadas a la actividad promovida servirá para “identificar las compras que resulten alcanzadas por el tratamiento preferencial de conformidad con las normas particulares de otorgamiento de los beneficios promocionales y el Decreto N° 938 del 11 de mayo de 1993 y su modificatorio”, explica el comunicado de AFIP. “Buena parte de esta información ya se venía brindando, lo que se hace es ahora ordenarla, detallarla y decirle a las empresas: háganlo de esta manera”, agregó la secretaria de Industria y Comercio de la provincia, Sandra Barceló.

Según los datos que pudo recoger este diario en la sede local del organismo fiscal, esta es una herramienta “más agresiva” que la AFIP incorpora para poder ejercer el control y fiscalización de todos los movimientos internos de las empresas. En este sentido, explicaron que como las empresas promocionadas tienen dos partes en su contabilidad, una vinculada a lo promocionado y otra a lo que no tenga promoción, con esto buscan ajustar los controles de AFIP, entendiendose como una manera de complementar, pero con un grado más alto de detalle. “Esto es darle la derecha a la Promoción como una herramienta válida, ejerciendo un control más fino de sus cuentas”, comentó un alto funcionario del Ejecutivo local. En tanto y a efectos de cumplir con el presente régimen, las empresas promovidas deberán informar los datos requeridos mensualmente a partir del mes de junio, a través del programa aplicativo denominado “AFIP DGI – CITI PROMOVIDAS – Versión 1.0”, que genera el formulario de declaración jurada N° 919, que se podrá descargar de la página web de la AFIP.