La Corte de Justicia modificó un fallo por mayoría de la Sala III de la Cámara Penal, en el que se condenó a 7 años y 10 meses a un joven por matar de un navajazo a su cuñado, excediéndose en su legítima defensa. Y elevó esa pena a 13 años porque consideró que cometió un homicidio simple, tal como lo consideraron la fiscal Ana Lía Larrea y el defensor oficial Carlos Reiloba, que actuó como abogado de la familia de la víctima, dijeron fuentes judiciales. José Luis Alé Maldonado (29) fue condenado por los jueces Eduardo Gil y Ernesto Kerman (el ya jubilado Ricardo Alfredo Conte Grand votó por homicidio simple), por un crimen con exceso en legítima defensa y otros delitos: como herir a otro cuñado y un vecino que, la nochebuena de 2011 en Santa Lucía, trataron de impedir que atacara a Julio Iturrieta (28), quien murió desangrado la Navidad de aquel año tras recibir un navajazo en una pierna.
Aquella condena era también por lesionar de una trompada a la propia víctima en un episodio ocurrido un mes antes del crimen. Y por golpear a un policía y causar daños en una clínica donde estaba internado su padre.
Así, los ministros Adolfo Caballero, José Abel Soria Vega y Angel Medina Palá, rechazaron la petición del defensor de absolver a su cliente, por considerar que sólo se limitó a defenderse legítimamente, entre otros reclamos.
“Un cúmulo de circunstancias permiten plenamente descartar que Alé estuviera defendiéndose del occiso. Por el contrario, hay una conducta agresiva por parte del acusado quien omitió detenerse incluso ante la intervención de terceros”, se afirma en el fallo.
