La ley que aprobó Mendoza en 2014
 
�En julio del año pasado la provincia de Mendoza aprobó una ley que prevé la creación de un protocolo para el manejo de fenómenos meteorológicos extremos. El creador de este proyecto fue asesorado por el doctor en meteorología Federico Norte.
* Esta normativa prevé la creación del Centro Único de Información Meteorológica para Fenómenos Extremos (CUIM) de Mendoza quien se encargará de emitir el alerta. 
* Este organismo trabaja con meteorólogos de la Oficina de Vigilancia Meteorológica Mendoza del Servicio Meteorológico Nacional; del Programa Regional de Meteorología y de la Dirección de Agricultura y Contingencias Climáticas (DACC). 
* El CUIM se maneja con un protocolo de colores (que va desde el azul al rojo dependiendo la velocidad de las ráfagas del viento) que es internacional y que lo emplea el Servicio Meteorológico Nacional. 
*A partir del alerta este grupo de especialistas brinda información en tiempo real a Defensa Civil para que este organismo decida qué metodología de prevención se debe implementar.
* Se puede sólo emitir un alerta de precaución o suspender las clases por Zonda o evacuar un determinado lugar por el daño que puede causar el fenómeno climático.
* Esta ley no sólo es para el caso de vientos Zonda. Sino que incluye varios fenómenos meteorológicos como nevadas, granizos y lluvias.
El proyecto para  los sanjuaninos 
�El proyecto presentado por Ruiz Álvarez está basado en la ley de Mendoza. El funcionario contó que también estuvo asesorado por Federico Norte y por la diputada que creó el escrito. 
* Este proyecto no prevé la creación de ningún organismo. Sino que indica que será Defensa Civil el encargado de coordinar el alerta y la metodología de precaución a aplicar. 
* Defensa Civil trabajará en base de los informes que emita el Servicio Meteorológico Nacional con sede en Mendoza. El aviso se dará tras un alerta amarilla (si la ráfaga máxima es mayor que 65 km/h) e irá variando según la intensidad. 
* Tras la recepción del boletín del SMN, Defensa Civil deberá aplicar el Sistema de Alerta, remitir el aviso a los distintos organismos e instituciones, mantener contacto continuo con los organismos involucrados para el seguimiento del fenómeno meteorológico, decidir en el ámbito territorial de aplicación del Protocolo la posible suspensión total o parcial de las actividades (públicas y privadas) y dirigir la emergencia. 
* Una vez que el Servicio Meteorológico Nacional comunique a la Dirección de Defensa Civil el fin del episodio, ésta notificará esta novedad para comenzar con las tareas de relevamiento de los posibles daños producidos. 
* Si bien el proyecto sólo habla de vientos Zonda, Ruiz Álvarez dijo que se puede aplicar en el caso de vientos Sur.