Cualquier policía que cometa una falta (leve o grave) como empleado, genera una investigación interna (en la que se puede defender) que al final puede derivar en el siguiente cuadro de sanciones: * Apercibimiento. Se le notifica por escrito y queda registrado en su legajo personal. Es el más leve de los castigos. * Arresto. Varía entre los 3 y los 60 días. Esta última pena, la máxima, sólo la aplica el gobernador. * Suspensión. Oscila entre los 7 y los 30 días. En ese tiempo el implicado deja de trabajar como policía, pero percibe haberes. * Cesantía. El policía es echado de la fuerza por decreto del gobernador. Tiene derecho a sus años de aportes para retirarse. * Exoneración. Es la más grave de las sanciones: El policía es echado y pierde derechos a sus años de aportes, aunque su familia puede acceder a un porcentaje.
