Un jornalero caucetero fue condenado ayer por el juez Eugenio Barbera (Sala III, Cámara Penal) a purgar una pena de 12 años de cárcel por manosear, violar y corromper sexualmente a la hija de su pareja, una chica a la que le había dado su apellido, dijeron fuentes judiciales. La víctima había dicho que los ultrajes comenzaron cuando tenía 5 o 6 años y se prolongaron hasta poco antes de la denuncia, cuando tenía 15.
El fallo del juez coincidió parcialmente con el planteo del fiscal José Eduardo Mallea, que también consideró culpable al obrero de 40 años (identificado por sus siglas E.N.R. para proteger a la menor), aunque su pedido de castigo había sido mucho mayor: 22 años de cárcel. El testimonio de la chica, las conclusiones de los psicólogos sobre el daño psíquico y el informe médico sobre las lesiones, fueron pruebas claves en el alegato del fiscal.
En cambio, Darío Amaya y Horacio Merino, habían pedido la absolución, luego de cuestionar el testimonio de la chica y los informes psicológicos. ‘Su versión fue contradictoria, además la Cámara Gesell se hizo 6 meses después de la denuncia y para entonces ya tenía novio’, dijeron los letrados.
El problema se conoció en el seno de la humilde familia caucetera el 3 de junio de 2013, cuando la chica, entonces de 15 años, llegó a la casa de su abuela después de asistir a una clase de música. Cumplía una rutina, pues cada vez que iba a esas clases esperaba a que su padre la buscara, pero aquel día le contó todo a una tía que tiene su misma edad. Y, cuando llegó, el obrero tuvo que huir para evitar el ataque de un tío de la niña.
Después declararía que no cometió delito alguno y lo único que había hecho fue cuidar a la chica. Atribuyó la denuncia en su contra al hecho de que no la dejaba salir y le ponía límites, pero ayer el juez rechazó esa versión y lo condenó.
