San Juan, 16 de abril.- En el marco del juicio donde se investigan delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura cívico militar en San Juan, el abogado Fernando Castro pidió prisión perpetua para el exteniente de inteligencia Jorge Antonio Olivera, por el secuestro y desaparición de la modelo franco argentina Marie Anne Erize Tiseau, ocurrida en octubre de 1976.
En el mismo sentido, la querella también solicitó la misma pena de prisión perpetua para el comisario de la Policía Federal Horacio Julio Nieto, quien era el jefe de la delegación provincial cuando ocurrieron los hechos y que firmó el acta donde consta la detención.
Ante los jueces del Tribunal Oral Federal, Castro pidió la pena máxima para “los autores mediatos que dieron las ordenes a los grupos de tareas” para secuestrar a Erize y al día siguiente, “balear y herir gravemente, al punto de provocarle la muerte” a Daniel Russo, otro militante montonero que al día siguiente fue a buscar la bicicleta de la modelo que había quedado en guarda en un domicilio particular.
La querella encontró a Olivera “penalmente responsable del delito de asociación ilícita agravada, privación ilegítima de la libertad, de homicidio doblemente agravado por el número de personas, por ocultar el delito y procurar impunidad para sí y para terceros y como autor mediato de violación de domicilio” en perjuicio de la militante social, modelo y trabajadora agrícola.
Aunque Castro reconoció que “está visto que nunca vamos a conocer la verdad en este caso porque no hay humanidad” en los militares que no confesaron el hecho, sostuvo que “está sobradamente probado que Olivera tenía una alta posición en la estructura piramidal que actúo como grupo de tareas y que era la voz cantante y autoridad máxima”.
Por otra parte, el querellante pidió idéntica pena de prisión perpetua para Nieto, de quien dijo que “era la máxima autoridad y tenía autoridad suficiente para dar órdenes a sus subalternos, en pleno conocimiento de que esas acciones iban a desencadenar en alguna de las adecuaciones típicas del Código Penal y por lo tanto, era parte de esa estructura piramidal y asociativa”.
