Uno de los abusos más criticados por los usuarios de servicios telefónicos, la recepción de publicidad no deseada y mensajes comerciales indiscriminados que en muchos casos los debe pagar el destinatario, ha sido eliminado con la sanción de la ley que crea el registro "No Llame” para bloquear la recepción por vía telefónica de mensajes que violan la privacidad de un sistema de comunicación que ante todo debe preservar los derechos del abonado.
La norma sancionada el jueves último en el Congreso de la Nación prevé la creación del denominado Registro nacional "No llame”, que protege a titulares o usuarios autorizados de los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades de los abusos del procedimiento de contacto, publicidad, oferta, venta y regalos de bienes o servicios no solicitados. Para ello toda persona física con servicio de telefonía, que manifieste su voluntad de no ser contactada por diferentes servicios, será registrada en forma gratuita, por medios sencillos y eficientes, y obtendrá una constancia de inscripción.
La duración en el Registro, que dependerá del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, será de dos años y la baja se podrá realizar en cualquier momento, en tanto las empresas telefónicas y los call center que trabajen de manera tercerizada con las operadoras deberán actualizar la nómina de registrados con una periodicidad de 30 días.
La Unión de Consumidores Argentinos ha destacado la trascendencia de la ley del "No Llame” con el compromiso de asimilar la legislación como antecedente y piso para la aplicación de lo prescrito en el artículo 35 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
