Si bien que no circulen las embarazadas en las motos y que no se transporten a menores de 10 años en ese tipo de vehículos va a ser de difícil control, hay otros casos que ya fueron legislados que tampoco se respetan. En una rápida recorrida por las calles de la ciudad o de cualquier departamento se pueden encontrar motoristas y ciclistas sin cascos, automovilistas hablando por celular o vehículos que hasta carecen de cinturones de seguridad. –Cinturón La Ley de Tránsito establece la obligatoriedad del uso de cinturones de seguridad, incluso en los asientos traseros de los autos. Y más si se trata de vehículos de transporte de escolares. Pero el control policial es escaso, salvo operativos. – Velocidad La ley dice que en las calles no se puede circular en vehículos a más de 40 kilómetros de velocidad y de 60 en avenidas. En la zona rural habla de que motos, autos y camiones no pueden andar a más de 110. Pero rara vez hay controles efectivos. – Celular La normativa establece que está prohibido hablar por celular mientras se está manejando en la vía pública. Pero desde el principio se admitió que es imposible poner tantos policías a controlar el tránsito para hacer que se cumpla. – Circunvalación También establece la Ley de Tránsito que está terminantemente prohibido para las motos de menos de 110cc. Es decir, los ciclomotores de 70 cc y 50 cc no pueden circular, pero es muy común verlos igual transitando por esa vía rápida. Se supone que controla Gendarmería. – Bicicletas La Ley Nacional de Tránsito establece que para circular en bicicleta hay que contar con espejos retrovisores a ambos lados, timbre o bocina y que el conductor lleve casco. Basta con observar las calles de la ciudad para comprobar que nada de eso se cumple.
