Los accidentes de tránsito que involucran víctimas fatales, como el ocurrido en Ullum y que le costó la vida a 3 obreros y un chofer, están encuadrados como homicidio culposo (sin intencionalidad ni premeditación) y son competencia de los Juzgados Correccionales. Los jueces se encargan de establecer las circunstancias que califiquen el hecho, lo agraven, atenúen o justifiquen, o influyan en la punibilidad. También de individualizar a sus autores, cómplices e instigadores, y de comprobar la extensión del daño causado por el delito. Según explicó Fernando Castro, abogado penalista, estos delitos correccionales son excarcelables con prisión en suspenso de hasta 3 años y con un período de inhabilitación para manejar, determinado por el juez. La condena alcanza a todos quienes de manera directa o indirecta hayan tenido responsabilidad en el accidente. ‘En este caso, en base a las pruebas que obtengan, el juez puede considerar responsables del accidente tanto al chofer del colectivo como a la empresa de transporte propietaria de la movilidad y a la empresa que contrató este servicio‘, sostuvo el abogado.

Paralelamente a la causa correccional, los familiares de las víctimas o los propios sobrevivientes del accidente, pueden iniciar una causa civil que tiene como objetivo recibir un resarcimiento económico por los daños recibidos.