El Gobierno intimará a dos empresas de transporte público de pasajeros para que regularicen deudas que mantienen con la Dirección General de Rentas, debido a que prestan un servicio público y no pueden tener esas obligaciones impagas con el Estado. La ley de concesiones de la provincia establece que la falta de pago de patentes e impuestos son dos de las causales de caducidad de la concesión. Daniel Campos, a cargo de Servicios Públicos, aseguró que no pueden rescindir el contrato “de un día para otro” porque se generaría un caos, pero resaltó que instruirá a la Dirección de Tránsito y Transporte para lograr que las firmas regularicen su situación.
Las empresas que están en mora con el fisco son La Marina y La Positiva, al menos en el listado publicados por Rentas en su pagina web. La ley provincial 7.536, conocida como ley de concesiones públicas, establece en el artículo 24 inciso 10 que “la falta de pago de patentes durante tres meses continuos o cinco alternados en el año calendario” es uno de los motivos para que caduque la concesión. Otro de los argumentos para rescindir el contrato está contenido en el inciso 11 del mismo artículo de la ley y se basa en “la falta de pago de impuestos nacionales o provincial, tasas y servicios durante tres meses continuos o cinco alternados en el año” y según fuentes de Gobierno, las empresas deben mucho más que eso.
DEUDA, PLAZOS Y ACCIONES
De acuerdo al listado, La Marina tiene una deuda de 74.543 pesos, mientras que el saldo negativo de La Positiva asciende a 319.512 pesos. Néstor Galoviche, propietario de La Marina, aseguró que tiene las patentes al día y destacó que si figura una deuda en el fisco, debe tratarse de las patentes cobradas a alguno de los 10 colectivos que le dio de baja luego de que fueran quemados en un atentado en 2001. Además, resaltó que tras ese incidente hubo una condonación de deudas para las empresas de transporte público. Fuentes vinculadas al caso señalaron que la mayoría de las empresas que figuran en la lista negra de Rentas deben, por lo menos, un año calendario de impuestos.
La norma legal, en su artículo 24, resalta que detectada cualquier irregularidad, la autoridad de aplicación (Tránsito y Transporte) deberá intimar inmediatamente al concesionario para que en un plazo que no supere las 12 horas de efectuada la notificación, dé cumplimiento a las exigencias de los pliegos licitatorios y del contrato. Si ese límite de tiempo se vence y las empresas no cumplen los requisitos, en un período de tres días se ordena la baja de la concesión.
El secretario de Servicios Públicos afirmó que “no se puede rescindir el contrato de un día para otro” y explicó que sería caótico dejar a los trabajadores sin fuentes de trabajo y a los usuarios sin un medio de transporte (recorren Chimbas, Capital y Rivadavia, entre otros departamentos). Sin embargo, advirtió que si las empresas no cumplen, entrarán en un litigio, aunque no precisó en ese caso cuál sería la decisión a tomar sobre la continuidad de la concesión.
