Buenos Aires, 7 de marzo.- La Legislatura porteña aprobó una ley para que las empresas y comercios que vendan productos o servicios deban fijar una fecha de entrega precisa, y si no cumplen tendrán que reintegrarle al consumidor el 1 % del valor de la operación por cada día de atraso.

Hasta ahora, en la Ciudad, cuando una persona compraba, por ejemplo, un electrodoméstico, el vendedor no estaba obligado a estipular un fecha de entrega, o podía no cumplirla. Esto generaba múltiples reclamos de consumidores. Además, y salvo que el cliente iniciara un juicio, no había leyes que obligaran al proveedor a indemnizarlo por el retraso.

A partir de que el Ejecutivo reglamente la nueva ley y la ponga en vigencia, cualquier prestador de un servicio (privado o público) y cualquier comercio que venda un bien a entregar después de la compra (desde una mueblería hasta una concesionaria de autos) estará obligado a informarle al cliente en qué plazo entregará el producto o servicio . Si el plazo fuera excesivo, el consumidor podrá negarse a la compra.

Según informó el diario Clarín, por esta nueva ley, el plazo de entrega deberá estar asentado por escrito. Y se estipula que no se podrán utilizar fórmulas confusas como "plazo aproximado de entrega en 30 días". En esos casos, siempre se favorecerá al consumidor. Y si el proveedor olvidara o no quisiera estipular un plazo, la ley marca que el tope será de 15 días.

La única situación en la que el proveedor podrá no cumplir el plazo es si logra probar que le ocurrió algún accidente o causa de fuerza mayor. Por ejemplo, si un consorcio contrata un arreglo en la terraza del edificio, y justo el día combinado llueve y no se puede trabajar.

Si el proveedor no cumpliera con esa fecha máxima, el consumidor podrá dirigirse a cualquier CGP Comunal e iniciar un reclamo en la oficina de Defensa del Consumidor. El Gobierno porteño le aplicará una multa al comercio o empresa de servicio.

Pero a partir de esta ley también obligará al proveedor a reestablecer el 1 % del valor de la operación por cada día de demora. De todas formas, esa indemnización nunca podrá superar el valor de cinco canastas básicas (hoy son unos $ 5.300).