Al final quienes tengan autos con patente terminada en 1 y hayan sido sancionados por no tener la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), ¿tendrán que pagar la multa? La respuesta es: algunos sí y otros no. Es que, tras la prórroga que dio la Dirección de Tránsito a los conductores de esos vehículos, la decisión de cobrar o no las multas que ya les había hecho la Policía fue a parar a las manos del juez de Faltas de turno. Y el funcionario determinó que quienes certifiquen que van a hacer el trámite serán eximidos de pagar la sanción, mientras que quienes se resistan a hacer el control de su vehículo hasta fin de mes, tendrán que cumplir con la pena. Así, se agrega un nuevo capítulo al cúmulo de idas y vueltas en torno al control del cumplimiento del requisito, que genera polémicas desde hace 10 meses en San Juan (ver aparte).

La RTO es un control que debe ser realizado a todos los vehículos en los talleres habilitados para tal fin. Y su objetivo es que los autos sean seguros para quienes los manejan y para terceros. Dado que las autoridades determinaron que los 3 talleres de San Juan son pocos para cumplir con la demanda, a principio de año armaron un cronograma mensual, según el último número de la patente (del 0 al 9).

Pero la semana pasada, cuando ya tenían que ser controladas las patentes terminadas en 0 y 1, apareció una nueva resolución, que corrió el cronograma un mes para todas las chapas. Así, ahora, los únicos que tienen que tener el requisito obligatoriamente son los autos con chapas terminadas en 0. El problema es que la Policía había empezado, a principios de este mes, a exigir la RTO también a las patentes terminadas en 1, como lo disponía la resolución anterior.

Así nació un interrogante, porque la nueva resolución no especifica qué pasa ahora con esas multas que ya fueron hechas. Y la decisión de cobrar o no la infracción quedó en manos del Tercer Juzgado de Faltas, a cargo de Enrique Mattar, que es el que estaba en turno cuando entraron todas las actas de infracción. La situación es tan ambigua, que el magistrado admitió que "el tema es complicado. Por un lado, las leyes rigen a futuro. Por otro, siempre se favorece al infractor si es que el Estado le da un beneficio". Y comentó que "lo que nos interesa es que los automovilistas cumplan con el requisito. Por eso, vamos a eximir del pago de la multa a quienes realicen la RTO o presenten el papel que certifique que pidieron el turno para hacerlo. Y será cobrada a quienes se nieguen a cumplir con el requisito". Así, una lectura posible es que se sancionó a algunos conductores por las dudas más adelante cometieran la falta.

A esto se suma otro detalle no resuelto en la ley. "La sanción por no tener la RTO también implica la retención del auto. Por eso, vamos a tener que dar un permiso especial a la persona sancionada para devolverle el auto y que lo lleve al taller", comentó Mattar.

El hecho de que el problema haya caído en el Juzgado de Faltas en turno obligó a que la solución fuera tomada por un solo juez. Y eso despertó también distintas opiniones entre los encargados de esos juzgados. Es el caso de Horacio Morando, encargado del Primer Juzgado de Faltas, quien comentó que "si yo hubiese estado en turno habría devuelto el auto y no habría cobrado la multa. Pero el tema está en manos de Mattar y él tiene que decidir".

Sobre el tema, el jefe de Tránsito de la Policía, Abel Hernández, había comentado que en las dos primeras semanas de control de la RTO labraron 50 actas por el incumplimiento del requisito. Por su parte, Mattar dijo que no tenía claro cuántas sanciones de esas correspondían a patentes terminadas en 1. Pero sí aclaró que la multa va de 150 a 700 pesos, y que actualmente se está cobrando alrededor de 200 pesos.