�El documento con “reflexiones sobre la reforma del Código Civil” del Episcopado afirma que ‘la persona existe desde la concepción, sin distinguir según ella ocurra dentro o fuera del seno materno. Sobre el artículo 19, (es) una discriminación injusta que seres humanos en estado embrionario sean considerados personas -concebidos en el seno materno, o implantados-, mientras que a otros se les niegue ese status -concebidos fuera del seno materno, antes de su implantación-. Los dilemas por embriones no implantados se solucionan no promoviendo su producción mediante una moratoria en la utilización de estas técnicas”.