Isabel del Carmen Pérez Palacios. Así se llama la ternada para ser juez de Instrucción Nº 5 que, según diputados de la oposición, no cumple con todos los requisitos para llegar al cargo. Por eso, anunciaron que pedirán que el trío de aspirantes sea devuelto al Consejo de la Magistratura, para que sus miembros elijan a otra persona en su lugar y recién ahí puedan elegir en el recinto al nuevo magistrado. Según dijo el basualdista José Peluc, la profesional “no califica” porque declaró su domicilio real en Mendoza, donde trabaja en el Poder Judicial, cuando la Constitución de San Juan exige que para ser juez hay que tener una residencia mínima previa de 5 años en la provincia.
“Cuando la terna llegue al recinto, vamos a pedir que vuelva para que en ese lugar venga otro sanjuanino que cumpla con las condiciones que impone la Constitución”, aseguró el presidente de la bancada basualdista. Además de sus compañeros de partido, la misma posición mantienen el bloquista disidente Edgardo Sancassani, el macrista Hugo Ramírez y el actuarista Juan Sansó. El tema amenaza con levantar polémica, ya que en el bloque oficialista les pusieron objeciones en las charlas previas que tuvieron sobre la cuestión.
Pérez Palacios fue ternada por el Consejo de la Magistratura junto a Daniel Galvani y Benedicto Correa y sus nombres fueron elevados a la Legislatura, para que los diputados elijan al nuevo titular del Juzgado de Instrucción Nº 5. Si bien es un cargo sensible como el de todo juez, hay un dato coyuntural que lo hace más importante: el designado deberá hacerse cargo del caso de las expropiaciones, donde se investiga el mayor escándalo judicial de la provincia y que tiene como implicados a conocidos e influyentes profesionales y exfuncionarios.
La aspirante informó en su carpeta de antecedentes que el 8 de abril del año 2005 ingresó al Poder Judicial mendocino en la categoría de funcionario judicial y que hoy ejerce el cargo de codefensora de pobres y ausentes en la especialización de ejecución Penal. Además, dice que su domicilio real es Julián Barranquero 267, ciudad de Mendoza, y declara que tiene domicilio constituido en Santa Fe 656 oeste, en la Capital sanjuanina.
Los opositores se basan en lo que dice el artículo 204 de la Constitución local, que fija cuáles son los requisitos para ser electo juez. El mismo dice en su último párrafo que ‘en todos los casos, los magistrados y miembros del ministerio público deben tener una residencia continuada en la Provincia y previa a su designación, de cinco años. Esta exigencia no será requerida para los jueces de paz letrados. Para estos últimos la obligatoriedad de la residencia será fijada por ley‘.
Según Peluc, Pérez Palacios no puede ser jueza porque no vive en San Juan, sino que su domicilio real es en la vecina provincia. En consecuencia, señaló, “no debería haber sido considerada para la terna”.
Un abogado que integró el Consejo de la Magistratura dijo fuera de micrófono que el domicilio real es donde vive la persona. Y que el constituido, en este caso, es declarado a los efectos de recibir cualquier notificación del Consejo de la Magistratura, pero que no se toma como el lugar de residencia.
La Real Academia Española define residir como ‘estar establecido en un lugar‘. “Al menos que Pérez Palacios viaje todos los días a Mendoza para ejercer su cargo, de acuerdo a lo que declaró ella misma en su curriculum, reside allá”, afirmó el basualdista.
El que debe decidir qué hacer es el cuerpo de diputados, cuando la terna baje al recinto. De prosperar el planteo anunciado, sería la segunda vez en poco tiempo que una terna regresa al Consejo de la Magistratura. La anterior fue por una razón distinta: en octubre de 2012, los ternados competían por ser juez de Instrucción Nº 1, uno de ellos se bajó y los legisladores resolvieron regresar la grilla de nombres para que en ese lugar fuera elegido otro postulante. Incluso, el nuevo ternado, Benito Ortiz, fue quien a la postre se quedó con el puesto.
En el caso del Juzgado de Instrucción Nº 5, Pérez Palacios podría no estar en los planes de ninguno de los bloques que deben proponer quién debe ser el juez. Pero los opositores sostienen que, además de estar violándose un requisito de rango constitucional, se está privando a otro aspirante de integrar la terna que pulsará por el cargo.
