Buenos Aires, 6 de mayo.- El titular del juzgado en lo civil y comercial federal número 11, Carlos Álvarez, hizo lugar a una acción de amparo presentada por los padres de la pequeña, quien está internada en el Hospital Privado de Niños, de que el PAMI deberá otorgarles una vivienda por la situación económica en la que se encuentra la familia.
El PAMI había replicado la demanda indicando que la pequeña “se encuentra absolutamente cubierta en sus necesidades médicas y educativas y goza de un subsidio económico de 450 pesos mensuales por situación atípica”.
Además, sostuvo que le había ofrecido una vivienda en las localidades bonaerenses de Los Polvorines, Bosques, Fiorito y Llavallol, en todos los casos en una zona “alejada del ámbito geográfico en que la menor recibe las prestaciones a cargo de la demandada”.
El juez, al aceptar el reclamo, entendió que la vivienda en la que debe habitar la familia debe estar “dentro de un radio geográfico que permita a la menor el rápido acceso para la atención de su salud”.
Tras resaltar la garantía constitucional del derecho a la salud y a una vivienda digna, el magistrado ordenó a la obra social de los jubilados “suministrar a los actores y mientras la salud de la menor lo requiera, con carácter asistencial, una vivienda cuya ubicación contemple un radio geográfico que permita el rápido acceso para la atención de aquella”.
