-El punto cero del procesamiento contra un juez dentro del Consejo de la Magistratura se inicia cuando la fiscalía de ese organismo hace la denuncia contra el acusado. Fue a principios de octubre pasado cuando el senador nacional radical, Ernesto Sanz, (miembro del Consejo), pidió la destitución de Faggionatto Márquez. Sanz formuló ese pedido en condición de fiscal del Consejo. -Esa denuncia debe presentarla la parte acusadora (Sanz) ante la Comisión de Acusación del Consejo, que debe emitir un dictamen para aprobar o rechazar ese pedido de juicio político. El 8 de octubre pasado, el pedido de juicio a Faggionatto Márquez fue rechazado por Comisión de Acusación, integrada por nueve miembros: 3 miembros no votaron. De los 6 restantes, 3 votaron a favor y 3 en contra del juicio (el representante del Poder Ejecutivo y dos legisladores kirchneristas, entre ellos Diana Conti). Ante el empate 3-3, Conti hizo valer el reglamento y su cargo de presidenta de la comisión. Así su voto valió doble, desempató y de esa manera se impuso la negativa de juicio político. -Esa decisión de la comisión debe ser refrendada luego por el plenario de los 13 miembros totales del Consejo. Aunque en esa instancia, el plenario también podía optar por aprobar el dictamen en minoría presentado por Sanz contra Faggionatto Márquez. Y eso fue lo que ocurrió el 15 de octubre. Para aprobar el juicio político, el plenario necesitaba el voto de dos tercios de los miembros presentes. Mientras los 5 miembros del kirchnerismo decidieron ausentarse al momento de la votación, 7 integrantes del Consejo votaron a favor de que haya juicio, llegando cómodamente a los dos tercios. La intención de Conti era volver a rechazar el juicio en el plenario, pero no pudo porque sus cuatro compañeros del kirchnerismo en el Consejo no la respaldaron. En aquel entonces, fuentes kirchneristas admitieron que se decidió no acudir a la reunión plenaria para no asumir el “costo político” de defender a Faggionatto Márquez.
