El Programa de Empleo Público Acordado (PEPA), que ya no sigue vigente, fue un sistema en el que el empleado público se retiraba de la actividad, pero se lo eximía de ir a su lugar de trabajo y por supuesto de cumplir horario. Pero quedaba a disposición del Estado porque si lo necesitaban lo podían convocar para seguir prestando tareas.
A cambio, el agente acordaba cobrar un 60 por ciento del haber en actividad aquellos que tenían entre 20 a 24 años de antigüedad, y del 70 por ciento para quienes tenían más de 25 años de servicio.
Sobre la remuneración bruta acordada, se preveía que se realizaran las retenciones previsionales, de obra social, caja mutual de seguro de vida e invalidez, seguro de vida obligatorio y cuota sindical establecidas por leyes vigentes, prestaciones sociales, mutuales y coseguro médico asistencial y todo otro aporte voluntario que el agente hubiera acordado libremente.
