Lo hizo con una durísima resolución en la que les pide "abstenerse de prácticas que atenten contra los consumidores”. Además, arremetió contra la entidad diciendo que "está acéfala de autoridades”. Por su parte, una de las tabacaleras emitió un comunicado reafirmando la vigencia de la ley que impide aumentar los precios de forma arbitraria.
La Resolución Nº 8.348 de la Defensoría del Pueblo se conoció ayer por la mañana y se convirtió, luego de la embestida de Defensa al Consumidor, en otro revés para los kiosqueros que llevan adelante esta iniciativa. Así las cosas, la idea de cobrar un 15% más en la venta de cigarrillos y tarjetas telefónicas -también querían extenderlo a las tarjetas del ECO- cada vez pierde más peso y eso sumado, al temor que ya evidenciaron los kiosqueros para llevarlo a la práctica, según pudo constatar DIARIO DE CUYO en un relevamiento que realizó a principios de esta semana.
"El sobreprecio es ilegítimo por donde se lo mire y además totalmente arbitrario, casi que actúan como una corporación que decide tomar una decisión sin pensar. La gente debe tener claro que van a en contra de lo que dice la ley”, explicó el Defensor del Pueblo, Julio Orihuela. El argumento, es que atentan contra la ley de Defensa de la Competencia -Nº 25.156- indicando que "están prohibidos (….) los actos que tengan por objeto limitar, restringir o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso o que pueda perjudicar el interés económico general (…)”.
Pero no quedó ahí. En el artículo 2 de la resolución, apuntan directamente a las autoridades de la Asociación de Concesionarios de Kioscos de la provincia: "(…) a las personas que integran el Triunvirato Normalizador de la entidad civil, abstenerse de invocar esa calidad en virtud de tener el mandato vencido el 11 de octubre del 2010”, dice el escrito que consta de 7 carillas. También le pide que la Inspección General de Personas Jurídicas que intervenga para la normalización de la entidad "cuanto antes”. La "recomendación" también recae en la AFIP y la Dirección General de Rentas.
Al mismo tiempo y a través de una solicitada que publicó ayer en este diario, la compañía tabacalera Massalin Particulares SA. -uno de los pesos pesados de la industrial- "recordó" la vigencia de la Resolución 110/1991 del Ministerio de Economía, que fue incorporada a la Ley 24.674, donde se prohibe que los precios de venta al público publicados por las empresas tabacaleras sean alterados en las distintas etapas de comercialización.
