La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió prorrogar hasta el 31 de marzo de 2016 la entrada en vigencia de la implementación obligatoria de la factura electrónica para responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), en atención a pedidos generalizados de entidades y contribuyentes.

La medida se dispuso mediante la resolución general 3.793 publicada ayer en el Boletín Oficial, e indica que la extensión del plazo se debió a "las presentaciones de los contribuyentes, cámaras, federaciones, asociaciones y demás entidades que representan a los distintos sectores involucrados".

Sostiene que en esas presentaciones, las cámaras exponían "diversas dificultades observadas para la implementación -en tiempo y forma- del régimen", por lo que "se estima pertinente contemplar las situaciones planteadas". En los considerandos de la norma se recuerda que la resolución general número 3.749, su modificatoria y complementaria, establecían "la generalización del régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales, respaldatorios de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios". También incluye la "locación de cosas y de obras, y las señas o anticipos que congelen precio, para todos los responsables inscriptos en el IVA".

Considera que ante las dificultades de contribuyentes y cámaras, la AFIP decidió "facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales", por lo que "resulta aconsejable flexibilizar la vigencia del régimen". El artículo uno de la norma dice que "la obligación de emisión de comprobantes electrónicos establecida en los Títulos I y III de la Resolución General N¦ 3.749, su modificatoria y complementaria, se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados se incorporen al aludido régimen hasta el 31 de marzo de 2016".

Al respecto, la Cámara Argentina de Comercio destacó que había advertido sobre "las dificultades" operativas, de costos de implementación y hasta de conexión de Internet, que tienen los contribuyentes, "particularmente las pymes", al momento de adecuarse al régimen de factura electrónica.

En un primer momento, la medida comenzaba a regir el 1 de julio y luego, debido a las presentaciones de las cámaras empresarias y entidades profesionales se decidió "contemplar" los casos que presentaran problemas hasta el 30 de septiembre. Ahora, esa fecha se volvió a extender. Esta medida había sido reclamada por cámaras empresariales sanjuaninas.