El mismo juez Ernesto Kerman condenó también a 5 años de cárcel a un changarín, por manosear a su propia hija cuando tenía 9 años y a la hija de su concubina, que tenía 5 años al momento en que los hechos fueron denunciados, el 30 de noviembre de 2012, en Pocito.
El juez entendió que el delito contra ambas nenas fue un abuso sexual simple, agravado por la calidad de guardador y la situación de convivencia con las víctimas. Así, entendió que las pruebas acreditaban que se cometió ese delito y no un abuso sexual gravemente ultrajante y la corrupción sexual de las víctimas, tal como creían probado la fiscal Alicia Esquivel Puiggrós y el propio defensor de ese sujeto, Horacio Elizondo, dijeron fuentes judiciales.
Justamente con ese convencimiento fue que el acusado, su defensor y la fiscalía habían acordado una pena de 10 años.
