Estamos convencidos de la necesidad que existe de que se establezca la enseñanza obligatoria de la protección al concebido en todos los sistemas educativos reconociéndose de esta manera que la educación para la generación de la vida humana comienza desde la concepción dando origen a la familia en el seno de la sociedad y que ella está basada en la finalidad natural de la generación de la vida, es decir en la unión del varón y la mujer, papá y mamá.

Es por ello que se está impulsando en nuestra legislatura provincial el tratamiento de un proyecto de ley referido a la protección a la vida del concebido que entre otros aspectos prevé establecer la enseñanza para la protección a la vida del concebido como contenido programático en todos los niveles y en todas las modalidades del sistema educativo formal, no formal e informal, público, de gestión estatal y de gestión privada y en todas las carreras de formación de nuestra provincia.

También propone que el Estado provincial garantice el derecho a la información para una formación en principios y valores de la implicancia que tiene la protección a la vida del concebido en el nacimiento de la familia del seno mismo de la sociedad. En este sentido el Ministerio de Salud Pública y Ministerio de Educación elaboraran los contenidos obligatorios mínimos teniendo en cuenta las distintas etapas de desarrollo de los educandos.

Entre otros puntos, el proyecto señala que la formación del educando para la protección de la vida del concebido comprende el conjunto de actividades pedagógicas destinadas a favorecer acciones que promuevan el amparo de la vida desde su concepción entendida como fundamento de la vida misma para la especie humana, para promover por el entendimiento y la comprensión el sentido y el valor de la comunidad social mediante la enseñanza, la comunicación y el amor en la virtud de la procreación.

Asimismo que la formación del educando para la protección de la vida del concebido se basa en los siguientes principios: O La procreación familiar implica el nacimiento de la familia para la sociedad y su desarrollo conducente para proyectar la vida en las personas, según el momento en que esta se manifieste en la vida, o la valoración de la enseñanza, comunicación y el amor en la virtud de la procreación, son los componentes centrales de la protección a la vida del concebido, o la responsabilidad y el reconocimiento en la educación y valores del derecho de la persona del concebido atañen a padres, educadores y organizaciones de bien público quienes deben manifestar, amor, protección y cuidados desde el ámbito familiar y social como resultado de la acción educadora y formativa de sus responsables.

En otra parte señala que los objetivos de la formación de la pareja para interpretar el rol de padres para la protección a la vida del concebido son: a) Promover una educación y formación positiva de la sexualidad que favorezca el desarrollo integral, armónico y pleno de las personas en base a la finalidad natural de la generación de la vida y el amor en función de ella, es decir, reconocer tal procreación por la unión del varón y la mujer; b) Brindar información científica, precisa, actualizada y adecuada a cada etapa del desarrollo de los educandos, acerca de los distintos aspectos involucrados en la educación sexual, en función de la procreación y génesis de la vida humana; c) Fomentar el cuidado, la responsabilidad, el compromiso y la finalidad de la protección a la vida del concebido, promoviendo la familia en la paternidad y maternidad responsable y la prevención de acciones que vulneren el desarrollo intrauterino de la persona por nacer y d) Prevenir toda forma que impida el derecho de preservación a la vida del concebido o que atente con su destino a nacer y continuar su despliegue para su realización como persona.

Respecto de la autoridad de aplicación se propone que sea el Gobierno de la Provincia de San Juan y éste a través de sus respectivas áreas, las que deberán promover la realización de talleres de formación y reflexión para padres, madres, tutores, profesionales y todo otro responsable legal respetando la concepción de la vida en la gestación de la persona fundamento de la vida del hombre. La formación y actualización de los educadores a fin de que puedan tener las herramientas necesarias para abordar el proceso de enseñanza sobre lo establecido en la presente norma y la organización de encuentros periódicos de diálogo, actualización e intercambio de experiencias en materia de educación y formación para todos los ámbitos y sistemas educativos.

Finalmente, el proyecto establece que las diversas instituciones de nuestro medio, públicas o privadas desarrollen los contenidos mínimos obligatorios en el marco de los valores de la presente Ley con la participación de las familias el Estado y la comunidad educativa en el marco de la libertad de enseñanza.