1- Se extiende por 2 años el plazo de vigencia de los beneficios promocionales en el Impuesto a las Ganancias y en el IVA a las empresas industriales radicadas ya con promoción. El porcentaje de benefcios será el correspondiente al año 2009, no pudiendo exceder en ningún caso el 45%. El requisito: Mantener el personal.

2- La provincia podrá aprobar durante el año de entrada en vigencia de la presente norma y el inmediato siguiente, ampliaciones de proyectos industriales vigentes tendientes a fortalecer el proceso de industrialización de la provincia. Los titulares de dichos proyectos podrán gozar del diferimiento de Ganancias e IVA.

3- Podrán otorgarse los beneficios promocionales a nuevos proyectos industriales por un plazo de 15 años, con un cupo fiscal limitado al 40% de la masa salarial total del proyecto promovido. Éste debe ser aprobado por por el Poder Ejecutivo provincial y el nacional.