El Gobierno nacional de Mauricio Macri decidió reducir de un año a cuatro meses el plazo mínimo que un inversor extranjero debe tener su capital depositado en el país y eliminó la obligación de constituir un fondo bancario con 30 por ciento de esos recursos, que se había establecido con el fin de evitar maniobras especulativas.
A través de la Resolución 3/2015 del Ministerio de Hacienda, publicada ayer en el Boletín Oficial, se modificó el decreto 616 de 2005, con el cual el expresidente Néstor Kirchner estableció ‘un régimen aplicable a los ingresos de divisas en el mercado de cambios con el objeto de profundizar los instrumentos necesarios para el seguimiento y control de los movimientos del capital especulativo con que contaba el entonces Ministerio de Economía‘.
En ese decreto ‘se establecieron los requisitos a observar en el caso de determinados ingresos de fondos por endeudamientos financieros del sector privado y de no residentes consistentes en un plazo mínimo de maduración o permanencia, en ambos casos de 365 días corridos, y que la operación se cursara con intervención del sistema bancario local y la constitución de un depósito nominativo, no transferible y no remunerado por el 30 por ciento del monto involucrado‘.
