Un detalle a tener en cuenta, pone el acento el contador Maratta, son los artículos y objetos que se traen de regalo del exterior, teniendo en cuenta lo ventajoso de sus precios respecto de los valores nacionales. Sobre el precio hay que calcular otros impuestos que el profesional explica:

Franquicia vigente: Se entiende por franquicia el valor en dinero (en dólares) de los artículos que se pueden ingresar al país sin pagar impuestos.

Libre de impuestos el viajero puede traer: ropas y objetos de uso personal para vestirse, asearse y cubrir necesidades personales; libros, folletos y periódicos, y otras mercaderías, hasta un límite de 300 dólares, cuando ingresa por vía aérea o marítima y de 150 dólares cuando lo hace por vía terrestre.

Es importante tener en cuenta que a los menores de 16 años les corresponde una franquicia de 150 dólares o 75 dólares, respectivamente, según la vía de arribo.

Esta franquicia es individual, intransferible y no puede ser utilizada más de una vez por mes. Por supuesto, si los viajeros son una pareja o una familia, las franquicias se suman.

Cuando el pasajero supera los límites de estas franquicias, deberá abonar el 50 por ciento del valor excedido. Por ejemplo: si compró una laptop de 600 dólares, deberá pagar 150 dólares, es decir, el 50 por ciento de los 300 dólares excedidos.