Sancionado el año pasado como ley, el Régimen de Portabilidad Numérica comenzará a regir desde principios de marzo próximo, según lo previsto. Desde ese momento, los usuarios de telefonía celular de todo el país podrán conservar su número telefónico aunque decidan cambiarse de compañía de telefonía móvil las veces que quieran. Mientras los clientes ya empiezan a consultar en las empresas, Andrés Tahta, director de Productos y Servicios de Movistar, aclaró a DIARIO DE CUYO las principales inquietudes sobre portabilidad numérica.
-¿A quiénes beneficia el Régimen de Portabilidad Numérica?
-La portabilidad numérica se aplicará en todo el país tanto para personas como empresas, y en los casos de quienes estén suscriptos a planes de abono o un sistema de prepago.
-¿Desde cuándo comenzará a aplicarse esta modalidad?
-La fecha tentativa para que empiece aplicarse esta ley es el 5 de marzo. El cronograma de implementación lo definen la Secretaría de Comunicaciones y la Secretaría de Comercio Interior. Nosotros estamos listos y estamos a la espera de que se confirme esa fecha. Pero si no es el 5 de marzo va a ser muy cerca.
-¿Hay posibilidad de que el cliente renuncie a una empresa de telefonía y luego vuelva a esa misma compañía?
-La portabilidad numérica elimina barreras para que los clientes pueden de una manera totalmente libre ir de una compañía a la otra manteniendo su número. El cliente debe cumplir un plazo mínimo de 60 días en la empresa de telefonía a la que decidió cambiarse. Con lo cual, si uno se va de la compañía A a la compañía B y, por el motivo que fuere no está contento, puede volver a la A o puede ir a la C siempre y cuando se haya quedado 60 días mínimo en la B.
-¿Qué trámites debe hacer el cliente?
-Es un trámite muy sencillo que se inicia ante la nueva prestadora de servicios elegida por el cliente. Por ejemplo, en caso de que un usuario quiera pasarse de la compañía Claro a Movistar, debe presentarse ante un centro de experiencia Movistar. Allí el cliente debe completar un formulario de solicitud de portabilidad. Después vía SMS el usuario recibe un número de PIN nuevo que usará para validar el proceso. Luego, Movistar (en el caso del ejemplo mencionado) se encarga de enviar la solicitud a la administradora de base de datos, una entidad intermediaria a la que están adheridas las distintas firmas de telefonía celular. (Según las normas, el cliente recibirá una nueva tarjeta SIM con la que, una vez finalizado el trámite, podrá conservar su número telefónico).
-¿Se puede hacer el trámite por internet?
-El cliente debe llenar presencialmente el formulario de solicitud (nunca por internet). Más que nada porque si sos un cliente pos pago tenés que mostrar tu DNI y mostrar tu última factura.
-¿Cuánto dura el trámite?
-En un plazo menor a diez días el cliente puede concluir el cambio de empresa. Al final, el usuario recibirá un nuevo chip o tarjeta SIM para la línea del nuevo portador.
-¿Por qué es tan importante para las empresas que los clientes presentes sus facturas?
-El tema de la factura más que nada tiene que ver con la deuda. Lo que se está buscando es que el cliente no deje la factura sin pagar y después cambie de prestadora. De hecho ese sería uno de los pocos motivos del rechazo de una portación. Si uno pretende cambiar de empresa sin pagar lo que adeuda, entonces no va a poder cambiar.
-¿Qué otros impedimentos pueden frenar el traspaso de una a otra compañía?
-Si un cliente tiene una deuda de un equipo que adquirió, para que pueda renunciar a la empresa de telefonía antes de que se cumpla la permanencia en esa firma debe pagar ese cargo adeudado, que se le va a facturar en su cuenta. Una vez que paga, ya puede cambiar de empresa.
-¿Qué pasará con los celulares bloqueados?
-Si el cliente tiene un equipo desbloqueado (que funciona sin ningún tipo de restricciones y con cualquier tarjeta SIM), en ese caso puede cambiar de operador fácilmente. Pero si es un equipo bloqueado, porque justamente lo compró en una empresa mediante un plan especial y con algún subsidio, el cliente debe cumplir la permanencia de ese contrato. O si no, puede pagar el equivalente a ese subsidio, que es básicamente el plazo de vigencia que tenía ese contrato. (Hay un proyecto de ley complementario que propone que se obligue a las empresas a vender teléfonos desbloqueados)
-¿Hay que pagar algo por el trámite de cambiarse de empresa?
-La legislación contempla la posibilidad de incluir un cargo. De última es un cargo exiguo para los clientes. Pero nosotros como decisión comercial decidimos bonificar el costo para el cliente. (Las empresas están habilitadas para cobrar o no por el trámite. El costo sería de $4,69 más el IVA).
-¿Cuáles son las principales preocupaciones los clientes?
-Los clientes preguntan si ahora mismo se puede cambiar de empresa, si el cambio tiene algún costo asociado o si el trámite es sencillo.
