El Poder Judicial de la Provincia de Corrientes informó este lunes que un hombre no pudo desfilar con su comparsa en el último fin de semana de los carnavales oficiales por no haber pagado la cuota alimentaria de sus hijos. 

Se trata de un hombre, quien es padre de dos niños de 6 y 3 años y desde que se le fijó los alimentos provisorios para que coman, se vistan, estudien y se desarrollen no cumplió con la totalidad del monto acordado, pero decidió entrar a la comparsa Ará Berá para desfilar cada noche por el Corsódromo Nolo Alias. 

En este sentido, la abogada demandante, Carla Rodríguez MP 11847, dialogó este lunes con el programa Mucho humo y comentó que "el caso inició en octubre del año pasado y esta persona hacia pagos parciales que no completaba la mitad. Intentamos conciliar y no hubo caso".  

"Estaba incumpliendo y solicité un embargo de bienes porque es titular de un auto y una moto. La deuda de alimentos hoy suma 520 mil pesos con intereses. Sumado a esto agregué la medida cautelar  y el viernes dictaron la medida cautelar", precisó Carla Rodríguez. 

Por tal motivo, el hombre no pudo desfilar el último fin de semana porque la jueza de Familia, Niñéz y Adolescencia N°4, doctora Carolina Macarrein dictó una medida cautelar donde no solo le prohibió bailar sino que además le impidió el acceso al Corsódromo donde se realizó el desfile de comparsas.

Para que la medida se cumpliera en la resolución Nº 18620 de fecha 15 de febrero ordenó librar oficio al titular del Corsódromo “Nolo Alias” y a los organizadores de los carnavales correntinos 2024 para que no lo dejaran entrar.

El hombre es un deudor recurrente, ya que tiene inhibido su carnet de conducir por incumplimientos anteriores, pero aún así sigue depositando sumas inferiores a la ordenada por la justicia a sus niños.

En este marco, la doctora Macarrein consideró que esta actitud que repercute negativamente en la vida de sus hijos, son una vulneración a sus derechos.

Además, está incumplimiento una orden judicial por lo que resultó necesario tomar “una medida que logre conmover la conducta adoptada y le permita tomar conciencia de la imperiosa necesidad de sus hijos de recibir el dinero para solventar los gastos diarios como ser alimentos, vestimenta, útiles escolares, esparcimiento, etc”, sostuvo la magistrada en su resolución.