Los senadores kirchneristas, Aníbal Fernández y Elena Corregido, presentaron ayer un proyecto de ley con el fin de habilitar la ‘denuncia solidaria‘ por parte de terceros y permitir incluso la denuncia de niños y adolescentes para proteger al grupo familiar víctima de violencia doméstica. El principal objetivo de la iniciativa es la exclusión del agresor del hogar.
También presentaron otro proyecto para la creación de un Registro Nacional de Deudores Alimentarios en Mora y plantean restricciones para estas personas como el impedimento de obtener o renovar el pasaporte, las licencias de conducir, tarjetas de crédito o la apertura de cuentas bancaria.
El proyecto de violencia familiar, que fue redactado con el aporte de profesionales y especialistas, apunta a proteger a los cónyuges, aunque estén separados, los convivientes, ascendientes y descendientes, parientes consanguíneos, a quienes haya tenido o tengan una relación de pareja o noviazgo y a las personas bajo guarda, tutela o curatela.
La obligación de denunciar hechos de violencia familiar recaerá, si se aprueba la norma, en servicios asistenciales, obras sociales, establecimientos educativos públicos y privados, maestros y funcionarios y por cualquier persona que tome conocimiento del hecho, aún si fuesen niños o adolescentes, lo cual actualmente no está contemplado en la legislación.
Plazos y multas
El plazo para efectuar la denuncia tendrá un límite máximo de 72 horas contadas a partir de la fecha en que se tomó conocimiento de la situación de violencia o de la primera intervención que conste en la historia clínica, social o registro respectivo.
En el caso de terceros o funcionarios públicos “obligados a denuncias y que omitieren o obstaculizaran cumplir con dicha obligación se les impondrá una multa diaria equivalente al 1% del sueldo básico de un juez por cada día de demora o pena de arresto de hasta diez días”. “Si se tratara de un superior jerárquico la multa será de hasta el 10% del sueldo de un juez y la pena de arresto será de hasta 30 días”, agrega el texto
Las constancias de las actuaciones policiales dispone el texto que serán elevadas al juez competente dentro de las 24 horas. La denuncia se podrá efectuar ante cualquier autoridad judicial, sin perjuicio de su competencia, ante el Ministerio Público fiscal o el Defensor Público de Menores e Incapaces, quienes deberán tomar las medidas protectivas previo a dar intervención a la autoridad judicial.
Excluir al agresor
En la presentación, Fernández explicó que entre las medidas ‘protectivas‘ la autoridad competente deberá excluir al denunciado del hogar; prohibir el acceso al domicilio del o de los damnificados; restringir su acercamiento al grupo familiar incluyendo lugares de trabajo, estudio o recreación y suspender todo contacto personal, telefónico, por terceros o correo electrónico. También, se le suspenderá el permiso de portación de armas si lo tuviere y se le decomisará la que posea; tendrá que pagar alimentos provisionales a favor de la persona damnificada cuando el agresor fuese el sostén del hogar y establece que a la víctima se le deberá conceder en su empleo una licencia extraordinaria por situaciones de violencia personal.
Adoptadas las medidas de protección mencionadas en el proyecto, las partes podrán promover el juicio por violencia familiar, que se tramitará por las reglas de procedimiento más breve previsto en la legislación de la jurisdicción que se trate. (Fuentes: DyN, Télam)
