Así como le dio una gran alegría al Gobierno la decisión de dar curso a la apelación por la suspendida ley de medios, la Corte Suprema también le sumó un disgusto, aunque de manera indirecta. Es que el máximo tribunal de Justicia del país estableció límites a los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), al declarar las inconstitucionalidad de uno dictado durante la presidencia de Eduardo Duhalde que modificaba la legislación sobre entidades de seguro y su control. Esta medida, que puede sentar precedentes, tiene un alto impacto político hoy tras los duros embates de la oposición contra los DNU que firmó la presidenta Cristina Fernández referidos al uso de reservas para el pago de la deuda externa. Un conflicto que ha trabado de manera sistemática la labor del Congreso.

Fuentes vinculadas a la Corte confirmaron que, de tal manera, se confirmaron las sentencias de primera instancia contra el DNU 558/02, ante la acción de amparo promovida por una organización de consumidores, que sostuvo que el decreto del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) implicaba una reforma “sustancial” a la ley 20.091.

Las fuentes agregaron que la Corte consideró que los DNU se justifican en circunstancias “excepcionales”, “cuando no puede actuar el Congreso de la Nación” y “no pueden ser utilizados por conveniencia política sino en “situaciones extraordinarias” como guerras o desastres naturales.

El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Higthon, Carlos Fayt, Raúl Zaffaroni, Juan Carlos Maqueda, Enrique Petracchi y Carmen Argibay afirmaron que la finalidad de la regulación de los DNU “fue atenuar el sistema presidencialista que rige en Argentina , fortaleciendo el rol del Congreso y la mayor independencia del Poder Judicial”.

Para los jueces de la Corte, el texto de la Constitución “no deja lugar a dudas” que “la admisión del ejercicio de facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo se hacen bajo condiciones de rigurosa excepcionalidad y con sujeción a exigencias formales”.