La pericia de la Policía Federal y de la Gendarmería Nacional concluyó que la bala que mató al militante del Partido Obrero (PO) Mariano Ferreyra rebotó en el piso antes de impactar en su abdomen, el pasado 20 de octubre durante un reclamo laboral de empleados ferroviarios.

El resultado -ya que había discrepancias entre las partes sobre la trayectoria de la bala-, podría beneficiar a los 10 detenidos del hecho, entre los que se encuentra el titular de la Unión Ferroviaria (UF), José Pedraza, porque así no habría existido intención de matar sino de amedrentar.

"El proyectil que ocasionara la muerte de Mariano Ferreyra ingresó a su cuerpo tomando previamente contacto con una superficie, es decir, provino de un rebote", concluyó el informe de 15 páginas al que accedió DyN y que fue elaborado el pasado 3 de mayo.

Hasta ahora había discrepancias entre la Policía Federal y Gendarmería Nacional y los peritos de los acusados respecto de la trayectoria de la bala, calibre 38 SPL (Special).

La Policía sostenía que el proyectil había ingresado directamente en el cuerpo de Ferreyra, mientras que Gendarmería y los peritos de los ferroviarios afirmaban que había rebotado en el piso.

Un nuevo estudio de barrido electrónico realizado en un centro atómico arrojó que el proyectil tenía "sílice, aluminio, calcio y magnesio, que no forman parte constitutiva del proyectil", y el primero de esos elementos es un químico que se utiliza en la brea asfáltica de las calles.

Con ese resultado, los peritos se convocaron a una junta para "lograr dilucidar si el proyectil que ocasionara la muerte de Mariano Esteban Ferreyra provino de un impacto directo o si previamente tomó contacto con otra superficie, esto es, si provino de un rebote".

Los especialistas analizaron ese resultado, la superficie de las calles Perdriel y Pedro de Luján, en Barracas, donde murió Ferreyra, y los lugares donde se encontraba Ferreyra y los dos ferroviarios acusados de disparar, y concluyeron que la bala rebotó en la calle.

Este resultado podría beneficiar a los acusados ya que, plantean sus defensas, el rebote daría cuenta de que no hubo intención de matar sino de amedrentar y así el hecho podría ser un homicidio en riña, con una pena de dos a seis años de prisión, y no un homicidio agravado, con una reclusión de 25 años, por el que están procesados.

Sin embargo, la situación no se modificará en lo inmediato porque la jueza dio por cerrada la investigación y la pericia será debatida en el juicio oral, instancia a la que todos los acusados llegarán detenidos.