La AFIP recordó ayer que el próximo 20 de enero vence la recategorización anual de contribuyentes inscriptos dentro del Régimen Simplificado (monotributo). Los contribuyentes inscriptos en las categorías más altas del Régimen Simplificado -de la F a la L-, y los que sean empleadores también deberán presentar en la última semana de enero la declaración jurada correspondiente al tercer cuatrimestre de 2011. Quedan obligados a efectuar el trámite aquellos monotributistas que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos o en alguno de los otros parámetros a tener en cuenta al momento de la categorización como: los ingresos brutos devengados y la energía eléctrica consumida -en el período entre los meses de enero y diciembre de 2011- y los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del año anterior.
CORRECTO
El contribuyente estará correctamente categorizado cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados. El trámite se realiza a través de la página web utilizando su clave fiscal ingresando al servicio ‘Sistema Registral‘, opción ‘Registro Tributario – Monotributo – Recategorización‘. En tanto, los contribuyentes que no hayan tenido modificaciones pueden permanecer en la misma categoría abonando el importe que corresponda a la misma. Cabe aclarar que, las obligaciones de pago resultantes de la nueva categorización, deberán abonarse a partir del mes siguiente al cambio.
