Gabriel Batistuta uno de los goleadores históricos de la Selección, fue embargado por una suma millonaria en las últimas horas del domingo.

La Justicia Federal de Reconquista ordenó un embargo por más de $71 millones a Batistuta, quien es actualmente productor agropecuario. El empresario había sido denunciado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por incumplimientos en el pago del Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas, mejor conocido como el "impuesto a la riqueza".

La resolución estuvo a cargo del juez federal de Reconquista, Aldo Alurralde. El mismo magistrado que ordenó el embargo el 17 de agosto sobre tres inmuebles del otrora centrodelantero de la Selección. Según expresó el portal Reconquista SF, este embargo es por $71.096.882,09, de los cuales $46.059.135,85 son en concepto de capital y los restantes $25.037.746,24 por intereses.

Cabe destacar que en mayo, Alurralde había rechazado enfáticamente una medida cautelar presentada por el exdeportista por lo que el caso pasó a Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. El Tribunal de Alzada de la capital chaqueña —conformado por las juezas María Denogens, Rocío Alcalá y Patricia García—, le dio la razón a Alurralde el 29 de junio pasado al desestimar el recurso presentado por Batistuta.

Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, expresó que Batistuta inició una acción judicial para que se declare la inconstitucionalidad del impuesto a la riqueza porque consideró que se ven afectado diversos principios y derecho constitucionales. Como los de no confiscatoriedad, razonabilidad, igualdad, capacidad contributiva y el derecho de propiedad.

En esa presentación, describió el especialista, el exjugador de Fiorentina indicó que el impuesto a la riqueza representaba el 1053% de las rentas obtenidas durante el período 2020.

El Juez Federal de Reconquista no hizo lugar a la solicitud de la medida cautelar de no innovar y luego, la Cámara Federal de Resistencia ratificó lo resuelto por el juez.

“En ambas instancias se consideró que no se había demostrado la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, que son dos de los tres requisitos necesarios para dictar una medida de ese tipo (el tercero es la contracautela, sobre la que no se refirieron al no darse los otros dos)”, valoró Domínguez.

En ese mismo sentido, sentenció: “La novedad es que, sobre la base de la ratificación de la sentencia que denegó la medida cautelar de no innovar, la AFIP solicitó que se trabe un embargo preventivo de $ 71.096.882,09 sobre inmuebles y automotores, que es la suma que ha estimado administrativamente que Batistuta debería por el impuesto a la riqueza”.