Jonathan David Vega Díaz (22) se convirtió en el primer condenado por un homicidio no culposo investigado y juzgado con las reglas del sistema acusatorio: ayer, 1 mes y 10 días después de que le diera una trompada a su papá Ernesto José Vega (43) y le causara la muerte, ratificó el acuerdo de juicio abreviado alcanzado a través de su defensa con el fiscal Iván Grassi. Y ante un tribunal admitió su autoría en el delito de homicidio preterintencional agravado por el vínculo y su decisión de recibir 10 años de cárcel. Esa fue la pena que finalmente le impusieron los jueces Celia Maldonado, Gema Guerrero y Juan Gabriel Meglioli.

Ernesto José Vega, la víctima, era empleado municipal y vivía con el homicida y el resto de su familia en su casa del barrio Güemes, en Rawson. La noche del 18 de junio pasado, lo visitaron 7 compañeros de trabajo para ver el partido de Argentina contra Uruguay por la copa América. Al cabo del partido, siguieron bebiendo y alrededor de la 1 del día siguiente, el ahora condenado discutió e intentó golpear a uno de los invitados de su padre. También le tiró algunas trompadas al dueño de casa, pero todo fue controlado por los demás presentes, que los separaron.

Cuando los invitados se marcharon, Jonathan volvió a discutir con su papá alrededor de las 2,30 pero esta vez le asestó una certera trompada que desnucó literalmente al dueño de casa. El golpe le causó la muerte pues le fracturó las vértebras cervicales, le dañó el bulbo raquídeo. Según el médico forense, esas lesiones le originaron una hemorragia y un paro cardiorrespiratorio que lo hubiera llevado a morir sí o sí unos 15 minutos después del golpe, y ese desenlace iba a ocurrir aun si lo atendía un médico.

Jonathan Vega practicaba kick boxing. Y cuando analizaron su sangre, el resultado del análisis arrojó que estaba bajo los efectos del alcohol y que había consumido marihuana.

El delito

El homicidio preterintencional ocurre cuando el autor no tiene la intención de matar, pero sí de causar un daño en la salud de otro pues se supone que el medio usado (en este hecho una piña) no debía matar. En el caso Vega, el agravante del vínculo dejó una escala penal de 10 a 25 años.