La Corte de Justicia anuló el juicio realizado contra cuatro policías por el crimen de un preso, ocurrido el 14 de diciembre de 2010 en la Seccional 6ta. de Rawson. Y ordenó hacer otro debate, pero sólo contra dos calaboceros ya que absolvió a los otros dos acusados, dijeron fuentes judiciales. El máximo tribunal tomó esa decisión por considerar ‘infundado y contradictorio’ el fallo: así, por ejemplo, criticó que se dé por cierto que el detenido murió a las 6 de la mañana y que se contradiga para decir que pudo estar vivo a las 7.

Los absueltos son el exoficial Pablo Guevara y el agente Pablo Picón. Y los que tendrán nuevo juicio en la Sala I de la Cámara Penal, son los excalaboceros Sergio Rabaj y Carlos Godoy.

Ese primer juicio concluyó el 21 de noviembre de 2014, cuando los jueces Ricardo Alfredo Conte Grand, Eduardo Gil (ambos jubilados) y Eugenio Barbera (Sala III, Cámara Penal), condenaron a perpetua a Rabaj por torturas seguidas de muerte contra José Leónidas Cortez (54), un hombre alcohólico y con oesteoporosis detenido en el Parque municipal de Rawson, cuando abusaba de una nena de 7 años. Cortez sufrió 15 quebraduras (14 en sus costillas y la restante en un brazo) y murió a consecuencia de esas heridas.

Aquella vez, también condenaron al exoficial Guevara y al agente Juan Pablo Picón a 3 años en suspenso por apremios ilegales (golpes). Y absolvieron a Godoy, pese a que fiscalía y querella pedían condenarlo: había asentado en un libro (dijo que por consejo de Rabaj) que recibió la guardia ‘sin novedades’.

Al analizar el fallo, los ministros Juan Carlos Caballero Vidal, José Abel Soria Vega y Adolfo Caballero, adhirieron a los reclamos de los defensores Fernando Castro (asistió a Guevara y Picón), Rolando Lozano (Rabaj). Y parcialmente también al planteo del fiscal José Eduardo Mallea.

Castro argumentó que sus clientes debían ser absueltos porque eso pidió el fiscal y porque, de acuerdo a fallos del máximo tribunal del país, esa falta de acusación fiscal obligaba al tribunal. Y le dieron la razón.

Lozano también había cuestionado el fallo contra su cliente, y la Corte compartió su criterio. Así, por ejemplo, la Corte cita que en el fallo se da por cierto que Cortez murió a las 6 de la mañana (durante la guardia de Rabaj) y a la vez que pudo estar vivo cuando Godoy fue a relevar a Rabaj, a las 7 de la mañana.

‘La condena no resulta congruente se afirman dos premisas fácticas relevantes que se excluyen entre sí (…). El decisorio no constituye una derivación razonada del derecho (…) y posee una fundamentación aparente’, afirma en su voto el ministro Caballero Vidal.