Era verano. La nena tenía entre 8 y 9 años de edad. En una de las visitas de la menor al domicilio, el sujeto identificado como P.P. y de 20 años, aprovechó y abusó sexualmente de la pequeña. Los hechos se repitieron en varias oportunidades y en juicio oral y público se decidió condenar a P.P. a cumplir 8 años de prisión de cumplimiento efectivo, por resultar penalmente responsable del delito de abuso sexual simple reiterado en concurso real con abuso sexual con acceso carnal.

Según la investigación, la menor tenía 8 años de edad y solía ir a quedarse en la casa del imputado. El sujeto aprovechaba cuando estaban solos en la vivienda, ingresaba a la habitación donde estaba la nena y aprovechaba para tocarla. 

Esta misma situación se repetía de manera reiterada, hasta que la última vez que sucedió fue cuando la menor tenia aproximadamente 9 años y había llegado de comprar, el imputado la agarró y la accedió carnalmente hasta lastimarla.

Si bien la Fiscalía había pedido 10 años de prisión para P.P en perjuicio de la menor en calidad de autor material (art. 45 del C.P.), finalmente le dictaminaron 8 años que deberá cumplir en el Servicio Penitenciario Provincial.