En los conflictos penales, es decir cuando alguien queda sospechado de cometer un delito y perjudicar a otra persona (en su vida, su patrimonio o algún otro derecho), es el Estado el principal responsable de investigar el hecho, establecer quién o quiénes pueden quedar imputados, darles la posibilidad de defenderse, juzgarlos y llegar a una sentencia. Generalmente, ese es el procedimiento en la mayoría de los casos delictivos. Pero existe un reducido número de casos en los que el Estado permite que los principales protagonistas del conflicto (víctima y victimario) decidan la conclusión del pleito, es decir el fin de la acción penal, sin más intervención que la del debido control, es decir vigilando que se cumpla la ley y evaluando que esa salida sea la más beneficiosa para las partes, por considerar que no hay un interés público en juego que lo obligaría a actuar.

Esa fue la salida que propusieron un vendedor de autos que era juzgado en la Sala I de la Cámara Penal, acusado de haber estafado a una abogada con la venta de un Toyota Etios, operación concretada el 5 de septiembre de 2019. La letrada Silvia Giovanini había denunciado a Sebastián Atencio Ginés (40) le recibió su VW Gol y 4.500 dólares a cambio de un Toyota Etios que ella vio publicado con 12.000 km recorridos. Lo denunció porque en realidad el auto tenía 120.829 km de uso.

Sebastián Atencio Ginés fue desligado con un sobreseimiento.

Atencio empezó a ser juzgado por el juez Víctor Hugo Muñoz Carpino de la Sala I de la Cámara Penal. Pero a poco de avanzar en el debate, propuso a través de sus defensores (el excamarista penal Ernesto Kerman y su yerno Federico López) una conciliación y la reparación integral del daño ocasionado a la letrada, asistida por Gustavo Sánchez. En concreto, ese acuerdo incluía un pago de $400.000 pesos a la denunciante y $200.000 en honorarios a su abogado.

Como la fiscal Marcela Torres no se opuso, se formalizó el acuerdo ante el juez como una de las formas previstas para extinguir la acción penal (artículo 59 del Código Penal), es decir para darle fin al conflicto.

En esencia, ese pacto permitiría a la denunciante ser compensada por los daños sufridos. Y al imputado le abriría las puertas a quedar desligado con un sobreseimiento, sin causa y sin ningún antecedente en su planilla.

Luego de un minucioso análisis de la situación, el juez Muñoz Carpino consideró que cabía aplicar esa salida al proceso y, luego de verificar que efectivamente los pagos se habían concretado, sobreseyó al agenciero, informaron fuentes judiciales.