Fallo contra Cassab y Galván: decisión con perspectiva de género y cambio de paradigma
Por primera vez, clientes de la prostitución fueron declarados autores de un delito. Ayer se leyeron los fundamentos.
Por primera vez, clientes de la prostitución fueron declarados autores de un delito. Ayer se leyeron los fundamentos.
En el marco de la escandalosa causa por la prostitución de la menor a manos de su tía comerciante, el juez Juan Gabriel Meglioli leyó ayer los fundamentos por los que Carlos Hugo Cassab (fallecido), Roberto "Fido" Galván (50) y esa mujer fueron condenados a prisión, con la novedosa particularidad de que por primera vez en San Juan clientes de la prostitución fueron declarados autores de un delito y castigados por esa acción, conformando de ahora en más un cambio de paradigma en el sistema de persecución penal local, señalaron fuentes judiciales. La decisión de Meglioli y de sus pares Diego Sánz y Alberto Caballero atiende a una mirada con perspectiva de género y a tono con tendencias internacionales y convenciones sobre derechos humanos que buscan la protección integral de los menores, indicaron.
"La mirada con que los Jueces debemos observar en este tipo de delitos no es el de la perspectiva del adulto, donde casi el rol de simple cliente podría quedar aún fuera de reproche jurídico, sino que la ley nos exige la perspectiva de género, de la mujer y del niño. No puedo soslayar que estamos hablando de una víctima menor de edad, quien dudo mucho, haya podido prestar un libre consentimiento, o mejor dicho que este consentimiento no haya estado viciado, ya sea por las "presiones", o simples convencimientos de último momento, para concretar los encuentros perversos", opinó el juez Meglioli.
El exfutbolista Galván mantuvo cuatro encuentros con la víctima, mientras que Cassab se juntó dos veces.
Tanto Cassab como Galván fueron condenados a 10 años de prisión el 19 de diciembre pasado. Poco más de una semana después el empresario caucetero falleció por complicaciones en su salud. La otra castigada fue la tía de la víctima, a 14 años, por haber facilitado a su sobrina de 14 años para que los otros mantuvieron encuentros sexuales con ella a cambio de dinero y regalos.
Con los fundamentos en mano, ahora las defensas pueden recurrir al Tribunal de Impugnación.
Voceros judiciales explicaron que, mayoritariamente, los investigados y posiblemente castigados son los proxenetas, mientras que los clientes zafan de una persecución penal. Ahora en San Juan, con este caso, se rompió con ese concepto.
Los jueces criticaron los argumentos de las defensas de Cassab y Galván al definirlos como "desactualizados y sexistas", ya que negaban la comisión del delito de promoción de la prostitución, pretendiendo que fueran castigados por aprovecharse de la inmadurez sexual de la menor.
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