Los jueces José Atenágoras Vega, Juan Carlos Peluc Noguera y Ernesto Kerman (Sala II, Cámara Penal) ratificaron la decisión del juez de Instrucción Alberto Benito Ortiz de no conceder el arresto domiciliario a la docente Alejandra Ríos para que pueda cuidar a su beba de casi un año en otro ambiente que no sea la prisión, tal como lo pidió su defensa. Fue uno de los dos reveses que recibió ayer esa sospechosa, pues el mismo tribunal, en otro fallo, resolvió también confirmar el procesamiento con prisión preventiva que la complica junto a su ex Pedro Oris, padre de la bebé, por el brutal ataque que de milagro no terminó con la vida de la otra hija de Ríos, Camila (9), el 25 de octubre del año pasado, dijeron fuentes judiciales.
El arresto domiciliario había sido pedido por el abogado Leonardo Villalba, porque entendió que la ley lo concede a detenidas con hijos con menos de 5 años, sin sujetar ese beneficio a informe psicológico, psiquiátrico o sociológico alguno. El letrado invocó el principio de inocencia que favorece a Ríos (aún no está condenada) y el interés superior del niño, indicaron.
Cuando el tribunal pidió la opinión de fiscalía y la asesoría de menores, encontró una cerrada oposición. Desde ambos organismos consideraron que la docente es una ‘persona no apta para el ejercicio del rol materno‘, en base a un informe psiquiátrico.
¿Qué dice ese informe? Que Ríos posee un trastorno antisocial y psicopático. Que en ella se han registrado ‘conductas sádicas (por ejemplo, crueldad física y psíquica) o perversas masoquistas o autodestructivas (como la búsqueda de situaciones humillantes o penosas)‘, indicaron.
Además, fue descripta como una persona con ‘insensibilidad afectiva, impulsiva, agresiva, irresponsable, con una deficitaria madurez e integridad personal‘.
A la hora de resolver, los jueces compartieron la oposición a la defensa y los motivos esgrimidos, pero entendieron, además, que si bien la ley habla de conceder el beneficio no es obligatorio ni automático y que el juez podrá o no concederlo luego de analizar las evidencias. En este caso, consideraron que lo mejor para la beba, es que siga siendo criada por sus abuelos maternos, indicaron.
La otra decisión del tribunal rechazó la apelación de la defensa y confirmó el procesamiento con prisión preventiva de Ríos y su ex Pedro Oris, por la tentativa de homicidio agravado que -consideran- ambos cometieron contra Camila.
Leonardo Arancibia (defensor de Oris) había cuestionado el procesamiento por impreciso y falta de fundamentos, pues no describía -dijo- de qué manera su cliente atacó a la nena, por ejemplo.
El tribunal sin embargo entendió que el juez del caso no había cometido ninguna arbitrariedad y respaldó la decisión de que ambos sigan presos por el grave delito. El fallo, aún no está firme.