Sólo por lesionar fue condenado Javier Porras (36).

El juez Ernesto Kerman consideró ayer que Javier Porras (36 años, hijo de un excomisario) sólo acordó ir a golpear y participó con su empleado en un carro panchero, Fabián Sánchez (40) y un primo de este último aún prófugo, Cristian Sánchez, en una primera golpiza que recibió el cuidacoches con problemas de adicción Paulo Sanginez (31) a primera hora del 16 de febrero de 2016 en la calle Avellaneda, cerca de la terminal de ómnibus de Capital. Pero entendió que la víctima murió tres días después a causa de un segundo embate violento sufrido minutos después en esa misma noche, ya indefenso por las lesiones de la primera golpiza, a manos de Fabián Sánchez, quien incluso lo agredió con una piedra. Sanginez y Sánchez tenían problemas por el espacio que ocupaban para dormir en una bodega abandonada detrás de American Cars, aunque Sánchez insistió no pelearon por eso sino porque la víctima manoseó a su pareja.

Autor. Fabián Sánchez (40) siempre dijo que sólo él peleó con la víctima.

El juez de la Sala II de la Cámara Penal, dejó sentadas también sus sospechas de que en ese segundo ataque, Sánchez fue ayudado por su novia, Victoria Balmaceda.

Según fuentes judiciales, por estos motivos es que ayer el magistrado, condenó a prisión perpetua a Sánchez por homicidio agravado por alevosía (atacar a un indefenso), ordenó investigar a su novia por su posible vinculación con ese crimen. Y aplicó una pena de 5 años por complicidad atenuada a Porras, pues a su entender en uno de los videos se concluye que este acusado participó de un primer ataque y de las pruebas de la causa se desprende que solo acordó ir a lesionar a Sanginez, pero no a matarlo.

Victoria Balmaceda será investigada por participar en el crimen.


La semana pasada, en los alegatos, la fiscal Leticia Ferrón de Rago había pedido la pena máxima, prisión perpetua, para Porras y Sánchez, por un homicidio con dos agravantes: la alevosía y el acuerdo premeditado de dos o más personas.

César Jofré, a su turno, pidió la absolución de Porras porque, en su opinión, se acreditó que solo separó de la pelea a su empleado, junto con Cristian Sánchez. Pero ayer se mostró conforme con la decisión final del magistrado. Néstor Durán había pedido un castigo por homicidio preterintencional para Sánchez, por considerar que Sanginez no estaba indefenso, que hubo una pelea y que en ese cruce su cliente solo intentó lesionar, incluso con una piedra, pero no matar, aunque ese fuera de todos modos el resultado final. En todo caso, pidió una pena por homicidio simple con dolo eventual. Ahora, tendrá la posibilidad de reclamar en la Corte de Justicia.

El atenuante en la complicidad

El juez Ernesto Kerman aplicó una figura poco usual a la hora de la sentencia: el artículo 47 del Código Penal que habla sobre la "complicidad atenuada". Ese apartado, dice, textualmente: "Si de las circunstancias particulares de la causa resultare que el acusado de complicidad no quiso cooperar sino en un hecho menos grave que el cometido por el autor, la pena será aplicada al cómplice solamente en razón del hecho que prometió ejecutar". Por esta razón es que a Porras sólo le dieron 5 años, una pena prevista para el delito de lesiones.