Al camarista penal mendocino, Alejandro Waldo Piña, no le quedaron dudas sobre el final que tendría uno de los dos sonados casos de robos y drogas en el Juzgado federal sanjuanino, por el cual se investiga a la exsecretaria federal Paula Carena.

Para el juez, el escándalo quedaría en nada, literalmente, si sólo seguía procesada por el delito de sustracción de medios prueba a su cargo (drogas, celulares, porros), en su modalidad culposa, es decir por actuar con imprudencia o negligencia en su función.

¿La razón? ese ilícito, el 255 del Código Penal, se castiga con multa de entre $750 y $12.500. Y en los casos de multa la investigación se extingue o muere, cuando el imputado paga el mínimo.

En otras palabras, si Carena abonaba $750, el espinoso asunto se archivaba, sin más trámite, y nunca llegaría a juicio.

Según fuentes de la Justicia federal mendocina esa, entre otras razones, fue lo que llevó al juez Piña y a sus colegas Juan Antonio González Macías y Raúl Alberto Fourcade, a aceptar el recurso de queja de la fiscalía, que consideraba arbitraria la decisión del juez Walter Bento por encasillar los hechos solamente en el artículo 255, sin dar razones o fundamentar por qué dejaba de lado otros ilícitos, tal como pedía el Ministerio público, como el incumplimiento de los deberes de funcionario público, el abuso de autoridad y la malversación de caudales públicos, que abarca específicamente la sustracción del dinero.

La fiscalía reclamaba porque entendió, entre otros motivos, que si todo quedaba como una sustracción de medios de prueba, por descuido, después no podrían atribuirle ilícitos más graves a Carena. Y así le impediría al Estado uno de sus objetivos fundamentales, que es profundizar la pesquisa en casos de corrupción, dijeron fuentes judiciales.

Aquel caso había sido denunciado por la propia Carena en Gendarmería el 24 de noviembre de 2011. Y pronto torció las miradas hacia otro exempleado, Rogelio Videla, como principal sustractor de unos 15 kilos de drogas (cocaína y marihuana) y unos $27.000 incautados a narcotraficantes que, al parecer, le entregaba luego al narco Pedro Guiñez.

Cuando ambos sujetos apelaron el procesamiento en su contra, el tribunal ordenó investigar también a la denunciante por no cumplir su deber de secretaria, es decir por no controlar y evitar esas maniobras.

La decisión del tribunal mendocino de ampliar la indagatoria a Carena por otros tres delitos, se produjo cuando la exsecretaria ya había sido procesada, sólo por el artículo 255.

Y como Carena y la fiscalía apelaron esa resolución, el mismo tribunal u otro, deberá decidir ahora si revocan o no la primera decisión del juez Bento y le ordenan ampliar la indagatoria, precisaron los voceros.