El juez de Garantías Federico Rodríguez ordenó extender por dos meses la prisión preventiva del sujeto que está acusado de haber violado a un hombre con discapacidad en la Terminal de Ómnibus de Capital, aunque ahora la cumplirá en su casa.

El imputado es un cuidacoches llamado Andrés Federico Palma (44).

Además, a pedido de la Defensa, el juez anuló la audiencia videograbada (Cámara Gesell) a la que había sido sometida la presunta víctima (41 años), que ahora debe ser entrevistada nuevamente por las psicólogas de Anivi. Esa resolución tiene que ver con el fallo de la Corte de Justicia que causó el derrumbe por "nulidad absoluta" de muchas causas en el sistema acusatorio por audiencias testimoniales a menores o personas con discapacidad pedidas por Fiscalía, que se hicieron sin el juez y la Defensa.

Palma fue detenido el 15 de marzo pasado y dos días después imputado formalmente por el delito de abuso sexual con acceso carnal. Aquella vez le habían aplicado dos meses de preventiva y ahora se la extendieron por dos meses más.

Según fuentes judiciales, a la supuesta víctima del ataque, un changarín con discapacidad, Palma le exigía una deuda de dinero. El denunciante dijo que esa persona la llevó a los baños de la Terminal (eso habría ocurrido el jueves 9 de marzo) y que allí lo violó.

El fiscal del caso es Mariano Juárez Prieto (UFI Anivi).

EL FALLO DE LA CORTE

Los días convulsionados que se viven por estas horas en el sistema acusatorio fueron la consecuencia directa de una sentencia de los jueces Adriana Verónica García Nieto, Marcelo Lima y Horacio De Sanctis. El martes 2 de mayo pasado, le dieron la razón al defensor oficial, César Oro, y anularon el castigo de 8 años que un tribunal del sistema acusatorio le había impuesto a un hombre por abusar de su expareja y lesionar a golpes a un hijo con discapacidad de la mujer.

Antes de llegar a la Corte, el defensor había reclamado en tres ocasiones la nulidad absoluta de la causa, desde las entrevistas de psicólogos a ese joven con discapacidad y sus tres hermanos menores, porque en las audiencias videograbadas la Defensa no había tenido ocasión de hacer sus preguntas u oponerse a las de Fiscalía, es decir que ni el imputado ni su defensor habían tenido la ocasión de ejercer el derecho de defensa.

Desde que el fallo se conoció, hubo múltiples reuniones entre los operadores jurídicos (jueces, fiscales, defensores) por la interpretación de la resolución. Y ahora se espera "una aclaratoria" del máximo tribunal.