La Justicia de San Juan avanzó en una investigación penal contra un joven, quien se encontró imputado por un grave caso de sextorsión y amenazas de muerte contra su expareja, una adolescente que tenía 15 años al momento de los hechos. La denuncia original fue radicada por la madre de la menor ante la UFI CAVIG (Centro de Abordaje de Violencia Intrafamiliar y de Género).
Por pedido del juez interviniente, no se pueden revelar mayores datos del imputado ni mostrar su rostro, así como también no se puede mencionar el lugar donde ocurrieron los hechos. En esta nota, el condenado será mencionado con las iniciales M.A.O. y solo se señalara que ocurrió en un departamento precordillerano.
Tras la formalización y ampliación de los hechos, el fiscal Leonardo Arancibia y la ayudante fiscal Silvina Zogbe llegaron a un acuerdo de juicio abreviado con el abogado defensor del imputado, Alejandro Castán. La pena acordada fue tres años de prisión en suspenso por los delitos de amenazas simples, tenencia de material de índole sexual de niños, niñas o adolescentes y chantaje.
El juez Mariano Carrera homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó al hombre con el monto estipulado, además por pedido de la fiscalía, le prohibió publicar en cualquier medio, material íntimo ya sea videos o fotos de la adolescente y, además, cualquier tipo de contacto o acercamiento. También ordenó que se borré las imágenes y videos que tenía el denunciado en su celular y que comprometa a la menor.
Un vínculo marcado por la violencia
Según los datos de la investigación, M.A.O. y la adolescente mantuvieron una relación de pareja que se extendió por aproximadamente un año, desde principios de 2024 hasta inicios de 2025. El vínculo terminó debido a diversos episodios de violencia. Tras la ruptura, el imputado comenzó a hostigar a la joven enviándole mensajes a través del teléfono celular de su madre, insistiendo en retomar la relación.

El hecho central que desencadenó la denuncia ocurrió el 13 de marzo de 2025. La víctima había publicado estados en su cuenta de WhatsApp con consejos familiares, a lo que el joven reaccionó de forma violenta mediante mensajes intimidatorios.
“Borrá los estados… porque subo todos los videítos y las fotitos que tengo, la subo a Facebook y a WhatsApp”, fue una de las amenazas textuales proferidas por el acusado. Además de la extorsión con material íntimo, el joven profirió amenazas de muerte explícitas, advirtiéndole que la “mataría” si no cumplía con sus exigencias.
Si bien la causa se formalizó inicialmente el 27 de noviembre de 2025 bajo la figura de amenazas simples, el avance de la investigación permitió agravar los cargos.
El propio imputado entregó de manera voluntaria su celular y allí se encontraron material de pornografía infantil. El 9 de diciembre de 2025, una pericia tecnológica sobre dicho celular reveló la existencia de material de índole sexual que involucraba tanto al imputado como a la menor de edad. Se determinó que estas imágenes y videos fueron capturados por M.A.O. durante la relación, y en algunos casos, sin el consentimiento de la adolescente.
Ante esta evidencia, el Ministerio Público Fiscal solicitó un reencuadre legal y se agregaron los delitos de tenencia de material de índole sexual de niños, niñas o adolescentes y chantaje. Ambos delitos en concurso real y en calidad de autor.
El temor de la familia de la víctima se fundó en la certeza de que el material íntimo efectivamente existía y estaba en poder del agresor, quien lo utilizaba como herramienta de control y humillación. Finalmente la condena contra el imputado terminó con ese problema. Y si bien, el denunciado seguirá libre, cualquier desobediencia al fallo, lo puede llevar a la cárcel.

