En una audiencia de formalización de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), la Justicia sanjuanina avanzó en una causa por presuntas estafas en la venta de lotes del complejo inmobiliario “La Roca”, ubicado en la zona de Médano de Oro, en Rawson. El proceso judicial involucra a Pedro Javier Jácamo y Marcelo Castro, acusados por maniobras que habrían perjudicado a al menos 12 compradores entre los años 2020 y 2024.
La audiencia fue presidida por el juez Juan Gabriel Meglioli, con intervención del Ministerio Público Fiscal, representado por la ayudante fiscal Silvina Putelli y la colaboradora Guadalupe Guell. La denuncia fue impulsada por la doctora Andrea Rodríguez, en representación de las personas damnificadas.
Según expuso la Fiscalía, las víctimas adquirieron lotes en el complejo La Roca abonando sumas que oscilaron entre $850.000 y más de $12.000.000, en muchos casos pagando la totalidad del precio pactado. Los vendedores prometieron la urbanización del emprendimiento, con servicios básicos de agua potable, energía eléctrica, calles demarcadas y accesos vehiculares, además de la subdivisión parcelaria necesaria para la escrituración. Sin embargo, a más de cuatro años de las primeras operaciones, ninguna de esas obligaciones fue cumplida.
La situación actual de los compradores fue calificada como crítica. Los terrenos continúan completamente sin urbanizar, no cuentan con servicios esenciales, no existen calles ni accesos adecuados y los propietarios no pueden escriturar, ya que el predio nunca fue subdividido ante los organismos correspondientes.
En cuanto a los imputados, la Fiscalía sostuvo que Pedro Javier Jácamo comercializó lotes presentándose falsamente como representante y titular de la firma Visión Inversiones, cuando en realidad los terrenos pertenecían a La Roca S.R.L.. De acuerdo a la acusación, Jácamo no tenía facultades legales para disponer de los lotes, recibió millones de pesos de los compradores, no entregó la posesión de los terrenos ni restituyó el dinero, e incluso habría realizado una doble venta del mismo lote. Por estos hechos fue imputado por estelionato, en tres hechos en concurso real, conforme al artículo 173 inciso 9 del Código Penal.
Por su parte, Marcelo Castro, en su carácter de socio gerente de La Roca S.R.L., fue acusado de vender múltiples lotes prometiendo una urbanización que nunca se concretó. La investigación determinó que no inició trámites de subdivisión ante Catastro, pese a que esa obligación figuraba en los contratos desde el año 2020, y que las factibilidades municipales se encuentran vencidas desde 2023 sin que se hayan realizado gestiones para renovarlas. Castro fue imputado por el delito de defraudación reiterada, en diez hechos en concurso real, según el artículo 172 del Código Penal.
La acusación fiscal se apoyó en una abundante y contundente evidencia, entre la que se destacan los boletos de compraventa firmados por los imputados, informes del Registro de la Propiedad que confirman que los terrenos pertenecen exclusivamente a La Roca S.R.L., reportes de Catastro Provincial que acreditan la inexistencia de trámites de subdivisión, y documentación de Planeamiento Municipal que certifica el vencimiento de las factibilidades. También se incorporaron informes de OSSE y Energía San Juan, que descartan la existencia de proyectos de servicios, conversaciones de WhatsApp con promesas incumplidas y un expediente civil que respalda la doble venta de un lote.
Un dato relevante para la causa es que, al ser citados a realizar su descargo, Jácamo no presentó ninguna explicación, mientras que Castro solo aportó una solicitud municipal fechada en agosto de 2025, posterior a las denuncias, sin pruebas concretas de avances reales en la urbanización prometida desde años anteriores.
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Tras analizar los elementos presentados, el juez Meglioli resolvió tener por formalizada la investigación penal preparatoria por el plazo de un año, impuso medidas coercitivas como la obligación de someterse al proceso, la presentación mensual ante la comisaría correspondiente, la prohibición de salir de la provincia sin autorización judicial, y ordenó la inhibición general de bienes de ambos imputados. Asimismo, dispuso la notificación a los denunciantes y el libramiento de las comunicaciones pertinentes, mientras la causa continúa su curso judicial.

