Un fallo judicial en la provincia de Córdoba sentó un contundente precedente sobre los límites éticos y tecnológicos en la práctica médica. Un ginecólogo fue sancionado tras ser denunciado por una paciente por utilizar anteojos inteligentes durante un examen ginecológico sin avisarle previamente, sumado a una serie de comentarios despectivos y tratos fuera de lugar durante la consulta.
Sancionaron a un ginecólogo por usar anteojos inteligentes en una consulta
La Justicia le impuso una multa de $900.000 y la obligación de realizar un curso de género. El profesional llevaba puestos lentes que filman y sacan fotos sin haber advertido a la paciente.
La resolución fue dictada por el juez José Milton Peralta, al frente del Juzgado de Control y Faltas N° 7, quien revocó una absolución previa y determinó que la conducta del médico constituyó maltrato agravado por razones de género. Como sanción, el profesional deberá abonar una multa de $900.000 y realizar de forma obligatoria una capacitación en el Centro Integral de Varones de Córdoba.
Examen transvaginal, lentes con cámara y dichos impropios
El hecho investigado ocurrió el pasado 23 de febrero, cuando la mujer acudió al consultorio con el objetivo de asesorarse sobre un procedimiento de crioconservación de óvulos. En ese contexto, el ginecólogo le propuso realizarle una ecografía transvaginal para evaluar su reserva ovárica.
Fue durante dicha práctica que la paciente advirtió que el profesional llevaba colocados unos anteojos Ray-Ban Meta, un dispositivo de última tecnología equipado con cámaras integradas capaces de capturar fotografías y grabar videos en alta definición.
A la incomodidad por la presencia del dispositivo electrónico se le sumó la denuncia por el trato recibido. Según la presentación judicial, el médico se dirigió a ella llamándola "nena" y "nenita", y llegó a expresarle la frase: "Tenés los ovarios de una pendeja". Asimismo, la mujer cuestionó contactos físicos indebidos durante el examen.
La resolución del juez: intimidad y vulneración de derechos
A lo largo del proceso de investigación, el médico admitió el uso de los anteojos, aunque se defendió argumentando que los utilizaba únicamente como cristales multifocales de aumento y que las funciones de grabación se encontraban desactivadas.
Las pericias realizadas sobre su teléfono celular no arrojaron el hallazgo de material audiovisual de la consulta, mientras que la extracción de datos de los anteojos no pudo concretarse por impedimentos técnicos. Por este motivo, el magistrado remarcó que no existen elementos probatorios para dar por acreditado que el profesional efectivamente haya filmado o fotografiado a la mujer.
Sin embargo, el juez Peralta fue categórico al evaluar el impacto psicológico y la vulneración de la privacidad. Consideró que ingresar a una práctica ginecológica íntima portando un artefacto con capacidad oculta de registro de imágenes y sin advertirlo debidamente genera una situación de profunda inseguridad, vulnerabilidad y violación a la intimidad de la paciente.
El fallo dejó en claro que la sola omisión de informar el uso de este tipo de tecnología en un ámbito de máxima privacidad médica configura un ejercicio de violencia de género institucional y profesional.