La Cámara de Diputados convirtió ayer en ley, en una sesión especial, dos proyectos para aliviar las consecuencias sociales y económicas que tiene en localidades de la Patagonia la emisión de cenizas del volcán Puyehue, ubicado en el lado chileno de la Cordillera de los Andes.
Son dos proyectos de ley aprobados por el Senado a fines de julio, uno de los cuales declara zona de “desastre y emergencia económica, social, productiva por el término de 180 días prorrogables” a departamentos de las provincias de Río Negro y de Neuquén afectados por la erupción del volcán ubicado al sur de Chile. El otro proyecto sancionado establece la condonación de capital e intereses de los créditos otorgados a pequeños y mediados productores ovinos de la región patagónica afectados por la sequía y la precipitación de cenizas, en el marco de la ley 25.422.
Las iniciativas fueron aprobadas sin debate en una única votación casi unánime, ya que se definió con 189 votos a favor con una abstención. La aprobación del primer proyecto del temario, destinado a asistir la emergencia ocasionada por las cenizas volcánicas, provocó malestar en el bloque peronista no K, integrado por diputados alineados con Eduardo Duhalde, que consideró “una injusticia” que la iniciativa no abarcara a Chubut, gobernada por su candidato a vicepresidente, Mario Das Neves.
El proyecto que se votó para declarar la emergencia económica por 180 días prorrogables alcanza a los departamentos Bariloche, Pilcaniyeu, Ñorquinco y 25 de Mayo de la provincia de Río Negro y Los Lagos, Lácar, Huiliches y Collón Curá de Neuquén, afectados por la erupción del Complejo Volcánico Puyehue-Cordón Caulle, situado en Chile.
La iniciativa encomienda al Poder Ejecutivo Nacional la ampliación de fondos destinados a la cobertura de planes sociales durante el período temporal de la declaración de emergencia, así como la adopción de medidas que tiendan a preservar y restablecer las relaciones de producción y empleo.
También dispone, con carácter de urgencia, la asignación de partidas para llevar a cabo la reparación o construcción de las obras públicas afectadas o que resulten necesarias y prioritarias. A su vez, dispone el otorgamiento en las zonas de desastre de créditos que permitan la continuidad de las actividades económicas, la recuperación de las economías de las explotaciones afectadas y el mantenimiento de su personal con tasas de interés bonificadas.
En otro orden, la norma faculta al Poder Ejecutivo a establecer la prórroga del vencimiento del pago de los impuestos que graven el patrimonio, capitales, o ganancias de las explotaciones afectadas, cuyos vencimientos se operen durante la emergencia.
También la ley dispone que el gobierno nacional podrá liberar de impuestos sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta que afectan bienes pertenecientes a explotaciones e inmuebles arrendados, ubicados dentro de la zona de desastre.
Por otra parte, la AFIP suspenderá la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados por los contribuyentes afectados por las cenizas provocadas por la erupción volcánica.

