La flexibilización laboral es un mecanismo que apunta a eliminar regulaciones legales para contratar y despedir empleados por parte de las empresas y organizaciones privadas. Entre otros puntos plantea que "la estandarización de los contratos laborales deberá ser muy flexibilizada para adaptarse a la velocidad de los cambios tecnológicos y maximizar la productividad para poder competir en el mundo globalizado".

Estas políticas se relacionan en el ideario popular, al paquete de medidas aplicadas en la Argentina durante los años ’90, durante la presidencia de Menem, que resultaron en una serie de reformas estructurales orientadas a la apertura y desregulación de los mercados, a privatizar las empresas públicas, ello con el fin de ganar la confianza financiera internacional y propiciar la reconversión productiva. El dato más elocuente del impacto ocupacional del gobierno de Carlos Menem fue el incremento de la desocupación acompañado del de la subocupación.

En cuanto a los sindicatos, La Libertad Avanza (LLA) tiene un proyecto que guarda varias coincidencias con que presento el PRO, en el que se aplicarían una serie de sanciones a los sindicatos que incluirían desde multas hasta la quita de la personería gremial. También se baraja la creación de un cuerpo especial antipiquete, aunque recién se daría a conocer una vez que asuma la nueva administración. Además, dentro de las medidas más polémicas, Milei propone "una ley que democratizará el movimiento sindical, eliminando el unicato y la afiliación obligatoria, prohibir las reelecciones continuas de los representantes y terminar con la figura del sindicato único con poder de centralizar todas las negociaciones de una determinada rama".

En cuanto a las indemnizaciones laborales por despido, la idea central de la reforma giraría sobre la eliminación de las indemnizaciones laborales tal como las conocemos en la actualidad, y que se encuentran previstas en la Ley de Contrato de Trabajo, las que se sustituirían por la creación de un "Fondo de Cese Laboral", casi idéntico al que se aplica en la construcción (UOCRA). El proyecto gira en torno a un fondo general para armar un fideicomiso en el que la patronal depositaría el dinero para indemnizar a los trabajadores. que se denominaría "Seguro de Desempleo".

El modelo del sistema de la UOCRA esté regulado en la Ley 22.250. Quienes emplean a obreros de la construcción tienen la obligación de aportar mensualmente a un fondo de desempleo desde el comienzo de la relación laboral. En el primer año de trabajo, el aporte es equivalente al 12 por ciento de la remuneración mensual y, a partir del año de antigüedad, del 8 por ciento.

Los fondos son aportados por las empresas e ingresados en una cuenta bancaria especial denominada Fondo de Cese Laboral para los Trabajadores de la Industria de la Construcción, inembargable y que genera intereses.

A esta estructura de pagos anticipados para generar el fondo, el candidato libertario suma la posibilidad de que se incluyan compañías privadas de seguros, aunque no detalló cómo se implementaría su participación en los pagos.

Colaboración: Vanesa Débora Mestre / Abogada (Matrícula San Juan 3278-Matrícula Mendoza 6118 – Federal T. 78- F. 316)l/ Teléf.2644189975 / E-mail:juridicomestre@yahoo.com.ar/ Facebook : Despacho Juridico Vanesa Mestre/