San Juan, 15 de mayo.- “Hasta que no exista una resolución de un tribunal superior, (Corte Suprema de la Nación) el beneficiario puede alegar ante la autoridad de aplicación (AFIP en este caso) que una sentencia ampara sus derechos”, declaró a DIARIO DE CUYO online el constitucionalista Oscar Cuadros.
Las recientes decisiones judiciales de la justicia federal riojana y sanjuanina de apoyar el Decreto 699 del Ejecutivo Nacional, que prorroga el régimen de Promoción Industrial en San Luis, Catamarca, La Rioja y San Juan, cambiaron un escenario que se veía desfavorable para los empresarios locales, por el veto del juez federal de San Rafael de Mendoza.
“Evidentemente hay sentencias contradictorias, entre las de la justicia federal de La Rioja y San Juan, y la de Mendoza. Esto aún debe pasar una etapa de apelaciones, pero mientras tanto, no se deberían ver afectados los derechos preexistentes de los beneficiados”, aseguró Cuadros.
“Con estas sentencias el tema cambia de plano, y ahora se trata de la relación entre los empresarios que vieron relanzados sus derechos y la autoridad de aplicación, que es quien debe decidir qué hacer”, aclaró.
“Hay que recalcar que esto causa un trastorno constitucional realmente severo, que se produce cuando a un juez se lo convoca a una decisión cuyos efectos pueden determinar la caída general de una norma, que no sea aplicable ya sólo a los actores involucrados, sino a la sociedad toda”, concluyó.
