San Juan, 6 de abril.- Retomando el cuarto intermedio después del discurso de apertura del gobernador José Luis Gioja , los diputados aprobaron hoy por unanimidad la ley de Necesidad y Urgencia Nº 8.200, remitida por el Poder Ejecutivo que estipula autorizar al Ejecutivo a realizar un aporte extraordinario para la campaña electoral a desarrollar por los partidos políticos legalmente reconocidos o alianzas electorales, que efectivamente participen en la consulta popular convocada para el día 8 de mayo de 2011, dispuesta por Ley Nº 8.199.

Asimismo, establece que el aporte extraordinario consistirá en una suma fija de pesos veinte mil ($20.000) a cada partido legalmente reconocido o alianza electoral y la suma de pesos uno ($1) por cada voto que haya obtenido el partido legalmente reconocido o alianza electoral en las Elecciones Generales del año 2007.

En este sentido, la norma considera partidos legalmente reconocidos, conforme a las disposiciones legales vigentes, sean estos nacionales, provinciales o municipales, a los siguientes: Partido Bloquista; Partido Conservador Popular; Partido Cruzada Reno-vadora; Partido Dignidad Ciudadana; Partido Desarrollo y Justicia; Partido Frente Grande; Partido Justicialista; Partido Movimiento de los Trabajadores; Partido Socialista Auténtico; Partido Afirmación para una República Igualitaria (ARI); Partido Unión Cívica Radical; Partido Movimiento Vida y Compromiso; Partido Unidad y Progreso; Partido Comunista; Partido Movimiento de Integración y Desarrollo; Partido Unión Popular; Partido Intransigente; Partido Producción y Trabajo; Partido Izquierda Socialista; Partido Propuesta Republicana; Partido Convicción Federal; Partido Alternativa Cívica; Partido Proyecto Popular; Partido Popular Participativo; Partido de la Victoria; Partido Compromiso Social; Partido Agrupación Municipal Progreso y Lealtad Cordillerana; Partido Agrupación Municipal A.C.T.U.A.R.; Partido Federalismo Organizado Jóvenes en Acción; Partido Jóvenes Encumbrados por el Progreso y el Desarrollo y Partido Cre-cimiento Económico y Equilibrio Republicano “Crecer".

Los citados partidos serán acreedores al aporte extraordinario en la mencionada ley, siempre que acrediten haber obtenido al menos un número de sufragios equivalente al uno por ciento (1%) del padrón electoral de la última Elección General del año 2007.