Son 14 personas que trabajaron como contratados y que después de un plazo que fue de tres a nueve años, según los casos, consiguieron quedar en planta permanente del Estado. Una vez que lo lograron, realizaron un planteo inédito en la provincia: pidieron que sus diferentes períodos bajo el régimen de empleados temporarios se tuvieran en cuenta para la antigüedad como efectivos. ¿El impacto de prosperar la movida? El pago de dicho adicional y el otorgamiento de vacaciones, además de sentar un precedente para el resto del universo de contratados en la administración pública provincial y municipal. El reclamo llegó al Juzgado Contencioso Administrativo, pero su titular, Adriana Tettamanti, lo rechazó. La magistrada explicó en su fallo que, en líneas generales, los beneficios de la antigüedad y la licencia comienzan a computarse desde que un trabajador tiene estabilidad y no desde una contratación especial, que se firma voluntariamente y que carece de muchos derechos del empleo público.

La resolución salió la semana pasada y era seguida de cerca por Fiscalía de Estado, que conduce Jorge Alvo, cuyos abogados se habían opuesto a la demanda. Una sentencia en contra se hubiera convertido en un antecedente a utilizar por los demás contratados que pasaron a la planta permanente del Estado. Un traspaso masivo se dio durante la gestión giojista, en la que se incorporaron unas 3.600 personas. No obstante, el fallo de Tettamanti no está firme, ya que los demandantes pueden apelar a la Sala IV de la Cámara Civil para que sea revisado.

Según el expediente, el reclamo comenzó en sede administrativa en marzo de 2014. Lo encararon 14 trabajadores del Tribunal de Cuentas que cumplían, desde junio de 2004, tareas legales, contables y administrativas, cada cual con diferentes años. Así, los casos más antiguos son de nueve años mientras que los de menor tiempo son de tres años. Todos ingresaron al Estado tras firmar un contrato de servicio de colaboración, procedimiento regulado a través de una ley específica. En junio de 2013 entraron a planta permanente y al año siguiente le solicitaron al organismo que les reconociera la antigüedad que llevaban como contratados, planteo que les fue denegado, por lo que acudieron a la Justicia.

Tras el fracaso en mediación, los trabajadores presentaron la demanda, que Fiscalía de Estado rechazó, por lo que entró a tallar la jueza del Contencioso Administrativo. Tettamanti señaló en su resolución que la ley 793 A estableció un régimen especial que permitía la contratación de terceros, que "en modo alguno generaba una relación de empleo público". Por lo tanto, los derechos que "pretenden los demandantes tienen su origen en la designación de planta permanente del Tribunal de Cuentas, por lo que mal podrían exigir el goce retroactivo al momento en que ostentaban la categoría de contratados, tiempo durante el cual se rigieron por las cláusulas de los contratos que voluntariamente suscribieron".

Los trabajadores esgrimieron que realizaron durante años las mismas tareas que los efectivos, pero la jueza, en base a jurisprudencia nacional, explicó que el carácter de contratado no se convierte en empleo público por el paso del tiempo ni por las funciones asignadas. Y destacó que los propios demandantes no hicieron los reclamos de antigüedad ni de vacaciones cuando eran contratados porque sabían que no les aplicaba las normas que sí contemplan a los de planta.



En municipios
 

Fuentes calificadas indicaron que hubo reclamos de pasantes y becarios en los municipios para que les reconocieron sus años de trabajo una vez que fueron nombrados en planta permanente. Dichos planteos también fueron rechazados.

Reclamo

14 Son los empleados que hicieron la demanda para que les reconocieran sus años como contratados.